ORDENANZA N° 2632 / 24

VISTO:  

La Ley 8102 en materia de distribución de competencias, normas locales reguladores de loteos y fraccionamientos Ordenanza N° 1993/11 y;

CONSIDERANDO:

El convenio regulador suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE ONCATIVO, con la empresa RODAJ CONSTRUCCIONES S.A. CUIT Nro. 30/71449725/8, con domicilio en calle Bulnes Nro. 699 de la ciudad de Oncativo, representada en este acto por el Presidente del Directorio Sr FABRICIO NICOLAS LIBRA PUGLIE DNI Nro. 23.017.557, de fecha 16 de diciembre de 2024.-

Que se adjunta como parte integrante del presente proyecto de ordenanza,  el referenciado convenio ad referéndum del H.C.D. contempla una compensación dineraria del loteador por espacios verdes de menor tamaño al indicado por la normativa vigente, por lo que corresponde solicitar de manera excepcional una autorización especial al HCD, dado que esta circunstancia de incumplimiento de la referida Ordenanza N° 1993/11 que viene de varios años y con alto porcentaje de infraestructura ya realizada,  en marco temporal de gestiones municipales anteriores, donde se considera que no es razonable solicitar la demolición sino que por vía de compensación se puede reequilibrar los intereses públicos y privados.

Que fundamentó esta decisión del D.E.M. el afán de regularizar la situación legal de aprobación de obras privadas y brindar en forma inmediata los servicios básicos y desarrollo urbano en pos de los intereses de los vecinos que residen en dicho loteo y/o quienes tienen lotes baldíos y anhelan cumplir el sueño de la vivienda propia.

Por todo ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

en uso de sus atribuciones

sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo Primero:  RATIFICASE el acuerdo suscripto el 16 de diciembre de 2024, con RODAJ CONSTRUCCIONES S.A. CUIT N° 30-71449725-8, con domicilio en calle Bulnes N° 699 de la ciudad de Oncativo, representada en este acto por el Presidente del Directorio Sr FABRICIO NICOLAS LIBRA PUGLIE DNI N° 23.017.557. Se acompaña como Anexo 1 el convenio suscripto.

Artículo Segundo: AUTORÍCESE al D.E.M. a visar los planos del loteo RODAJ CONSTRUCCIONES S.A. matrícula 1.362.894 propiedad N° 2708/2803426/7. Forma parte integrante de la presente ordenanza el proyecto de plano de mensura y loteo, realizado y amojonado el trabajo en el terreno con fecha 21.08.24, suscripto por Ingeniero Agrimensor. MATIAS N. BRUSA M.P. N° 1366/1 y M.J. N° 1354, y el representante de RODAJ CONSTRUCCIONES S.A. Sr Fabricio Libra, Presidente del Directorio, a visar por el DEM.

Artículo Tercero: De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS VEINTIRES DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VENTICUATRO.

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