VISTO:
La distribución de facultades establecidos por Ley 8102 y los antecedentes de hecho en materia de acuerdos salariales con el Sindicato de Empleados Municipales S.E.M. rubricado el 17 de marzo de 2025, para los meses de enero 2025 a junio 2025 inclusive, entre el referido sindicato y el DEM ad referéndum del HCD, y;
CONSIDERANDO:
Que es un hecho notorio y real la inflación que aqueja al país por lo que es necesario recomponer el poder adquisitivo del salario de los trabajadores.
Que la recaudación municipal en materia previsibilidad del gasto admite las presentes erogaciones.
Que hace a la equidad y solidaridad social prevenir el deterior del poder adquisitivo del salario del trabajador y demás estamentos municipales en la medida de las posibilidades del erario público municipal.
Que se acompaña como integrativo de la presente planilla de cálculo de salarios de categorías 1 a 24 y remuneración a los funcionarios, sea cual sea la forma de contratación vigente al momento de la presente ordenanza.
Es por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones
sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero.- Se estipula un aumento del siete coma tres ciento ( 7,3 % ) con más un bono no remunerativo de asistencia económica equivalente al uno ( 1 % ) por ciento, siendo este bono de pago único para el sueldo de marzo de 2025, y un aumento equivalente a la inflación mensual publicada por el INDEC ( índices nacionales mensuales de marzo, abril y mayo de 2025 ) con más el dos ( 2 % ) por ciento, sobre los sueldos de abril, mayo y junio 2025, tomando como base de cálculo el básico del último mes consolidado ( sueldo de febrero 2025 ) para el sueldo de marzo 2025 y los inmediatos anteriores al mes de pago, para los restantes y subsiguientes meses alcanzados por este acuerdo. Es aplicable el presente acuerdo para todas las categorías de la 1 a la 24 del escalafón general, así como de los empleados jornalizados, de carácter no remunerativo por el mes de en curso. Asimismo, el aumento será con incorporación al básico con la retribución del mes, en cada mes siguiente al pactado.
Artículo Segundo. – Los adicionales identificados como quebranto de caja / puntualidad y asistencia perfecta / refrigerio/ bonificación encargado de oficina / bonificación encargado de sección y Bonificación encargado de Área, tendrán un incremento porcentual igual a los aumentos remunerativos, por el mismo periodo y de naturaleza remunerativa sobre los precitados adicionales, para los meses de marzo abril mayo y junio de 2025.
Artículo Tercero: A los fines, de la protección de la remuneración frente a la inflación y de mantener el equilibrio escalafonario que contempla la responsabilidad funcional, se establece expresamente la aplicabilidad de los reconocimientos salariales mensuales, de adicionales y equivalencias de rubros laborales, un aumento similar al de los empleados públicos y demás agentes para la planta política de funcionarios públicos.- En consecuencia las retribuciones alcanzadas por la disposición 4 del acuerdo, es la de funcionarios públicos de planta política, en cualquier forma de contratación, ya sea funcionarios públicos dependientes del D.E.M. miembros del Honorable Concejo Deliberante y del Honorable Tribunal de Cuentas, pagadero con la misma modalidad que perciben los agentes municipales, respetando asimismo la política histórica del municipio.
Artículo Cuarto: Ambas partes dejan aclarado que el presente convenio, abarca los meses de enero y febrero de 2025 y por lo tanto el presenta acuerdo es ratificatorio de todo lo actuado por el DEM en materia salarial de la planta de personal y funcionarios políticos, sea cual fuere la forma de vinculación jurídica con el Municipio, que las partes declaran conocer y aceptar.
Artículo Quinto: Publíquese, dese copia y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VENTICINCO.
https://hcdoncativo.gob.ar/wp-content/uploads/2025/03/Escala-Salarial-4.pdf
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