ORDENANZA N° 2657 / 25

VISTO:

Lo prescripto por Ley 8102 artículo 30 inc. 20 c.c. y s.s., Inventario de Inmuebles, Bienes de Uso y Rodados al 31/11/2023 de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos al 30/11/2023, de la Municipalidad de la ciudad de Oncativo, y el Informe Nominal Nro. 01675933 que forma parte del acta de Transferencia de fecha 10 de diciembre de 2023, informe técnico y registro fotográfico de fecha 28.04.2025, que se anexa al presente, y;

CONSIDERANDO:

El estado de deterioro que se encuentra el Equipo Compactador, CS5 marca Scorza Modelo E.H.3, año 2004, dominio BLP55, verificado por el informe técnico que se acompaña al presente junto al registro fotográfico.

Que lo oneroso de su reparación, conforme el estado del equipo de referencia y que actualmente no está siendo utilizado por las deficiencias técnicas detectadas. 

Que el bien en cuestión está calificado legalmente, como bien privado de la Municipalidad, en el sentido del artículo 30 inciso 20 de la Ley 8.102 y la desafectación del dominio público se solicita por el DEM a los fines de realizarlos económicamente mediante la modalidad correspondiente, beneficiando la economía circular del Municipio.

Que a criterio de este cuerpo el procedimiento de venta más conveniente es el Concurso de Precios, estableciéndose montos mínimos de cotización, toda vez que se respeta el principio de selección y se garantiza un monto mínimo como precio de venta, en resguardo de los intereses del Municipio.

Por todo ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo Primero: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a Concurso de Precios para proceder a la venta de: Equipo Compactador, CS5 marca Scorza Modelo E.H.3, año 2004, DOMINIO BLP55.

Artículo Segundo: APRUEBESE y AUTORÍZASE que el bien será DESAFECTADO del Dominio Público del Municipio, una vez que sea elegido el comprador en el Concurso de Precios o la Apertura de Ofertas correspondiente.

Artículo Tercero: Comuníquese, publíquese, dese al registro municipal y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VENTICINCO.

DECRETO PROMULGATORIO N° 083

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