ORDENANZA N° 1457 / 00

VISTO:

El Convenio celebrado con fecha 08-12-1999 entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba y los municipios de Oncativo, Colonia Videla, Pozo del Molle, Calchin Oeste, Lan Junturas y Carrilobo con el objetivo de aunar esfuerzos para la concreción de la obra «Enlace Ruta Nacional n 9 con Ruta Provincial n E52 TR: Oncativo Carrilobo y Ruta Provincial E52 TR: Carrilobo Pozo del Molle», y;

CONSIDERANDO:

Que a los fines de concretar la ejecución de la obra de referencia los Municipios y Comunas suscribientes del convenio constituyeron pasado 06-09-2000 el el denominado Ente Intermunicipal del Centro Sur de la Provincia de Córdoba.- Que en oportunidad de su constitución se designaron las autoridades del ente, se procedió al estudio Y aprobación del presupuesto oficial elaborado por la Dirección Provincial de Vialidad y de la traza entre las localidades de Oncativo, colonia Videla, Calchín Oeste y Pozo del Molle.- Que a los fines de dar inicio a la obra la Dirección Provincial de Vialidad requiere que el Expediente correspondiente a la misma, designado como n° 0045-10445/2000 sea aprobado y convalidado por los Concejos Deliberantes de los municipios intervinientes.

 Por todo lo expuesto;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,

en uso de sus atribuciones,

sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Art. N° 1). APRUEBASE Y CONVALIDASE la realización de la obra «Enlace Ruta Nacional n° 9 con Ruta Provincial n° E52 TR: en el tramo Oncativo Carrilobo y Carrilobo Pozo del Molle, en un todo de acuerdo al en un proyecto, pliego de especificaciones técnicas y presupuesto, el que pasa a formar parte de la presente Ordenanza, elaborado por vialidad, por la Dirección el sistema Provincial  de contratación directa conforme a las disposiciones de la Ley General de Obras Públicas de la Provincia de Córdoba N° 8614, cuya inversión será atendida con fondos del Estado de la Provincia de Córdoba.

Art. N° 2). REMITASE copia de la presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Art. N° 3). De forma.

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DOCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL.

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