VISTO
La Ordenanza N° 73/81 relacionada con la ejecución de la Obra Gas Natural por Redes y su modificatoria N.º 1.388/99, у;
CONSIDERANDO:
Que las mencionadas Ordenanzas establecen que mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Municipal Ad Referéndum del Honorable Concejo Deliberante se determinará el número de cuotas que contribuirán a la formación del fondo común y la fecha de vencimiento de la primera cuota.
Que habiendo dictado el Decreto de referencia el Departamento Ejecutivo Municipal lo ha elevado a este Cuerpo deliberante para que se le otorgue tratamiento parlamentario a su ratificación.
Por todo lo expuesto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Articulo Primero: RATIFICASE el Decreto N.º 82/00 de fecha 12 de mayo de 2000, dictado por el Departamento Ejecutivo Municipal.
Articulo segundo: REMITASE copia de la presente a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Articulo Tercero: De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL.
ShareJUL
