ORDENANZA N° 2678 / 25

VISTO:

La nota enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal, solicitando la ratificación del Decreto N° 133/2025 de fecha 25 de julio de 2025 del Departamento Ejecutivo Municipal, en base a lo prescripto por el Art. 29 bis de la Ordenanza N° 1675/04 «Procedimiento General de Compras y Contrataciones» y sus modificatorias, y;

CONSIDERANDO:

Que la mencionada Ordenanza regula el procedimiento de contrataciones que importe un gasto o inversión en el ámbito de la Administración Pública.

Que esta norma debe receptar principios fundamentales para la contratación pública, como lo es el principio de selección e igualdad de oportunidades, los que deben estar armonizados con la defensa del interés público y el compre local.

Que, debido a los incrementos en los precios de los bienes y servicios adquiridos por el Municipio, es que se hace necesario cambiar los montos que se establecen en la Ordenanza N 1675/04 modificada por la Ordenanza N° 2543/23 en lo que hace a la Compra Directa, Concursos de Precios, Proceso de Selección y Licitación Pública.

Que por imperio de la normativa citada procedentemente es que se procedió a actualizar los montos de los límites de contratación. Que en el último Decreto 89/25 se tomaron los índices de marzo y abril 2025, por lo que para la presente corresponde tomar los índices publicados por el INDEC para los meses de mayo 2025 de 1.5 % y junio 2025 del 1.6 %, lo que implica trasladar un aumento de 3.1% de todos los topes de la Ordenanza de Compras y Contrataciones.

Por todo ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo Primero: RATIFICASE el Decreto N° 133/25 de fecha 25 de julio del 2025 del D.E.M. en base a lo prescripto por el art. 29 bis de la Ordenanza N° 1675/04 «Procedimiento General de Compras y Contrataciones» y sus modificatorias.

Articulo Segundo: De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VENTICINCO.

Decreto 133-25.pdf

DECRETO PROMULGATORIO N° 143

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