VISTO:
El Proyecto de Ordenanza por el cual se solicita la aprobación del Plano de Mensura y Loteo, confeccionado por la Ing. Agrimensora Cecilia Chialvo, m.p. 11504/1, sobre un inmueble de propiedad de los herederos de Don Lorenzo Atilio Daniele, inscripto en el Registro General de la Provincia, en el Protocolo de Dominio al Nº 19867, Folio Nº 30016, Tomo 121, Año 1973,y se encuentra empadronada en la Dirección de Rentas bajo la Cuenta Tributaria Número 270810028316,y la afectación a calle Pública de parte del terreno; y
CONSIDERANDO:
Que el plano de referencia dispone la mensura y loteo de un inmueble propiedad de los Herederos de Don Lorenzo Atilio Daniele, para ser destinado en gran parte, a la construcción de viviendas.-
Que la superficie cuya donación se ofrece, alcanza los 123,75 mts.2, y se encuentra individualizada entre los puntos E-L-L´-del Plano de Mensura y subdivisión que en copia se adjunta.
Que el citado plano prevé, destinar parte de esa superficie a la prolongación de las calle Juan B. Justo, por lo que la Ordenanza deberá disponer su afectación a calle Pública.
Que de acuerdo al informe suministrado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad, los lotes que surgen del plano de referencia y la superficie destinada a calle pública, reúnen las dimensiones exigidas por la Ordenanza General de Edificación y Urbanización, para el sector geográfico donde se encuentra ubicado este Loteo, motivo por el cual este Cuerpo se expresa a favor de su aprobación y afectación.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
APRUÉBESE el Plano de Mensura y Loteo, confeccionado por la Ing. Agrimensora Cecilia Chialvo, m.p. 11504/1sobre un inmueble de propiedad de los Herederos de Don Lorenzo Daniele, inscripto en el Registro General de la Provincia, en el Protocolo de Dominio, al nº 19867, Folio 300016, Tomo 121, Año 1973, y se encuentra empadronado en la Dirección General de Rentas bajo la Cuenta Tributaria 270810028316, el que para mayor ilustración pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo:
AFÉCTESE a calle pública, la superficie de terreno de 123,75 mts.2 y se encuentra individualizada entre los puntos E-L-L´- que según el plano aprobado en el artículo precedente serán destinadas a la prolongación de la calle Juan B. Justo de la Ciudad de Oncativo, en un todo de acuerdo al plano precitado que forma parte de esta Ordenanza.-
Artículo Tercero:
REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Cuarto:
De forma.
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.-
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