Ordenanza Nº1720/05

VISTO:
El Proyecto de Ordenanza iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal por el que se solicita autorización para acordar los términos de erradicación de las balanzas privadas ubicadas en el radio urbano; y

CONSIDERANDO:
Que en la actualidad existen varias balanzas privadas, propiedad de grupos de productores agrícolas, que con el correr de los años quedaron ubicadas en zonas densamente pobladas y de gran tránsito vehicular y peatonal.
Que en mérito a ello, resulta necesario llevar adelante un programa que permita el traslado de las mismas a lugares periféricos de menor densidad poblacional.-
Que en ese sentido el Gobierno Municipal tiene previsto ofrecerle a los distintos grupos de productores, la posibilidad de reubicar estas balanzas en el predio de propiedad de la Municipalidad, donde sé esta construyendo la playa de estacionamiento para camiones.-.
Que como alternativa de negociación existiría la posibilidad que el Municipio asuma el costo que implique el desarmado, traslado y reubicación de las balanzas, en el predio precitado, el que se cedería en comodato precario y gratuito.-.
Que a cambio, la Municipalidad recibiría los inmuebles donde actualmente están radicadas las balanzas y sus dependencias, para disponer de ellos, o bien, para destinarlos a espacio público.-.
Que por ello, corresponde autorizar al D.E.M. a convenir los términos y condiciones que permita cada traslado o erradicación, dentro de los límites expresados en los considerandos.-
Que asimismo, se debe facultar al D.E.M. a suscribir ad-referéndum del Concejo Deliberante toda la documentación que fuere menester para cumplir con el objetivo de la presente Ordenanza.
Por todo ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir, ad-referéndum del Concejo Deliberante, con los propietarios de las balanzas ubicadas en el radio urbano de Oncativo, los términos y condiciones que permitan su traslado, reubicación o erradicación, dentro de los límites expresados en los considerandos del presente.-

Artículo Segundo:
FACULTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación que fuere menester para cumplir con el objetivo de la presente Ordenanza.

Artículo Tercero:
REMÍTASE copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Artículo Cuarto:
COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

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