Ordenanza Nº1710/05

VISTO:
El proyecto de Ordenanza por el que se adhiere al programa de recolección y disposición final de los envases vacíos de agroquímicos denominados AGROLIMPIO, y

CONSIDERANDO:
Que la misma fue instrumentada por la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes CASAFE.-
Que fue declarado de interés Provincial por el Ministerio de Producción y Trabajo Según Resolución Ministerial Nº 369.-
Que la Municipalidad de Oncativo prevé un centro de acopio en la planta de separación de residuos para los bidones vacíos de agroquímicos y fertilizantes.
Que dicho bidones deben contar con la técnica del triple lavado o lavado a presión, auditado por la Secretaría de Agricultura y Ganadería de la Provincia de Córdoba.
Que en dicho centro de acopio se llevará a cabo el almacenamiento transitorio y luego se efectuara el transporte y destino final de los envases.
Que el objeto es evitar el abandono y dispersión de envases de agroquímicos en desuso, que constituyen focos de contaminación que pueden afectar a la salud humana y el ambiente.
Que brindará una solución a los productores y aplicadores de productos fitosanitarios, contando con un lugar adecuado para su disposición transitoria.
Que en mérito a lo expresado, se estima conveniente para los intereses de esta Municipalidad, adherir al programa de recolección y disposición final de los envases vacíos de agroquímicos, denominado AGROLIMPIO, instrumentado por la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes CASAFE..
Por todo ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo Primero:
ADHIERASE la Municipalidad de Oncativo al programa de recolección y disposición final de los envases vacíos de agroquímicos denominado AGROLIMPIO, instrumentado por la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes CASAFE y declarado de interés Provincial por el Ministerio de Producción y Trabajo, según Resolución Ministerial Nº 369.-

Artículo Segundo:
REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Artículo Tercero:
De forma.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

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