Ordenanza Nº 2217 /16

 

 

 

 

 

 

 

VISTO:

Las recientes ampliaciones del radio urbano de nuestra ciudad, con las iniciativas en lo que respecta a los loteos que se están generando, sobre todo en el sector sur, que dan como resultado la creación de aperturas nuevas manzanas y por consiguiente las apertura de nuevas calles públicas y;

 

CONSIDERANDO:

Que en consecuencia estas nuevas arterias públicas que son parte de estos loteos deben poseer nombres que la identifiquen.-

Que en el nuevo loteo realizado por CESOPOL, a través del FIDEICOMISO propone colocar nombres que representen a nuestra comunidad, con nombres propios que sean referencia del espíritu solidario del emprendimiento de viviendas sociales que allí se construyen.-

Que por iniciativa de esta institución se realizó un análisis de los nombres que propuso el FIDEICOMISO CESOPOL y que allí se ubicarán.-

Que como conclusión se determinó colocar el nombre de las arterias y boulevard o calles públicas que son parte del barrio FIDEICOMISO CESOPOL con un sentido que identifique la esencia otorgando el valor y el reconocimiento del sacrificio que los beneficiados del fideicomiso se comprometieron para acrecentar la urbanización de nuestra comunidad a través de las viviendas que allí se están ejecutando.-

Por todo lo expuesto,

 

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo Primero:

DESIGNASE   con los nombres que a continuación se detallan las siguientes calles públicas en un todo de acuerdo a los planos que pasan a formar parte de la presente:

  1. DENOMINASE calle IGUALDAD a la calle ubicada entre Dante Ventre y Calle Usuahia.-
  2. DENOMINESES Boulevard de la SOLIDARIDAD a la calle ubicada entre Dante Ventre y Calle Usuahia.-.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Artículo Segundo:

Comuníquese a la Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Oncativo a disponer los medios necesarios para la colocación de cartelería con los nombre identificatorios de las nomenclaturas de las calles especificadas en el artículo anterior.-

 

 

 

Artículo Tercero:

Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

 

 

Artículo Cuarto:

De forma.-

 

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS TRECE  DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-

 

 

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