Ordenanza Nº2170/16

VISTO:

La Ordenanza Nº 2139/15  que autoriza la realización de la  Rifa de la “Feria Oncativo en Primavera”, y

CONSIDERANDO:

Que dicha rifa ha sido autorizada por Resolución número 30/2015 de la Subgerencia Departamental de Comercialización de la Lotería de la Pprovincia de Córdoba S.E.-

Que la misma es a total beneficio de dos importantes instituciones intermedias de nuestra ciudad, el Club Deportivo y Cultural Unión y el Club Atlético Flor de Ceibo.-

Que la política asumida desde hace muchos años por nuestro gobierno de apoyo a las instituciones intermedias, y de manera especial a aquellas que dirigen sus esfuerzos para contener a niños y jóvenes en actividades deportivas y recreativas, y en ese sentido esta iniciativa intenta fortalecer y acompañar a aquellas personas que desinteresadamente trabajan en esas entidades.-

Que con lo recaudado por dichas Instituciones se realizaron importantes inversiones en obras que favorecen el desarrollo de los objetivos de las mismas.-

Que el primer premio de la rifa era una casa construida en un terreno propiedad de la Municipalidad de Oncativo y solventada con recursos de la misma.-

Que en virtud del resultado del sorteo realizado el día 08 de noviembre de 2015 resultó ganadora la Sra. Tantucci Romina DNI: 32.256.527.-

Que por lo expuesto corresponde a éste Honorable Cuerpo autorizar al D.E.M a ceder la propiedad del  inmueble mencionado anteriormente a la ganadora de la rifa.-

Por todo lo expuesto,

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

En uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

 ORDENANZA

 

ARTICULO 1°.-

AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a escriturar a favor de la Sra. Tantucci Romina D.N.I: 32.256.527 el inmueble ubicado en la calle Dante Ventre esquina Yapeyú e identificado con Nomenclatura Catastral  C: 01, S: 02, M: 150, P: 3  y D.G.R: 270841228267

 

ARTICULO 2º.-

DESAFECTESE el inmueble del Dominio Público del Municipio.-

 

ARTICULO 3°.-

REMÍTASE copia del presente a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

 

ARTICULO 4°.-

De forma.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS CATORCE  DÍAS DEL MES DE MARZO  DEL AÑO DOS MIL DIESISEIS .-

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