VISTO:
El Decreto Nº 147/2016 del Departamento Ejecutivo Municipal, de suspensión transitoria de nuevas habilitaciones y/o autorizaciones del Código de Actividad Nº 61296 venta de artículos de pirotecnia, previsto por la Ordenanza Tarifaria vigente, a personas físicas y/o jurídicas que pudiesen eventualmente solicitarla, y
CONSIDERANDO:
Que este Cuerpo adhiere a la decisión del Departamento Ejecutivo Municipal de la suspensión transitoria de habilitaciones comerciales de ventas de artículos de pirotecnia mientras se estudia una nueva normativa referida a la materia.-
Que la misma será discutida en el seno de este Cuerpo dentro del plazo de suspensión transitoria.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
En uso de sus atribuciones
Sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
RATIFÍCASE el Decreto Nº 147/2016 del Departamento Ejecutivo Municipal, de suspensión transitoria de nuevas habilitaciones y/o autorizaciones del Código de Actividad Nº 61296 venta de artículos de pirotecnia, previsto por la Ordenanza Tarifaria vigente, a personas físicas y/o jurídicas que pudiesen eventualmente solicitarla.-
Artículo Segundo:
Remítase copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Artículo Tercero:
De Forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.-
ShareENE
