Ordenanza Nº 2237

 

VISTO:

La obra de Red Domiciliaria de Cloacas en un importante sector de nuestra Ciudad, comprendido entre las calles Alem y La Plata, desde calle San Martín y  hasta calle Tomas Garzón, y

 

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Municipal, en el marco de sus políticas en materia de avanzar con mayor infraestructura y servicios para la ciudad, entiende necesario la realización de esta obra.-

Que la modalidad de la misma, como en anteriores oportunidades, es por Administración Municipal.-

Que siendo los afiliados de UATRE Sec. 224 las personas idóneas para la ejecución de la mano de obra de la Red Domiciliaria de Cloacas, y teniendo en cuenta que ya han realizado obras de similares características, es que el Departamento Ejecutivo Municipal cree pertinente su contratación.-

Que en relación a la obra mencionada, considerando la magnitud de la misma, se estima adecuado avanzar en contratos parciales que no superen los mil quinientos (1500) metros lineales de obra.-

Que en mérito a lo expresado, este Honorable Cuerpo estima  apropiado autorizar a suscribir  el contrato con el personal de UATRE Sec. 224, de Oncativo.-

Por todo lo expuesto,

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de

 

O R D E N A N Z A

 

Artículo Primero:

AUTORIZASE al DEM, para que dentro del marco de la obra de la Red Colectora Domiciliaria de Desagües Cloacales a realizarse entre las calles Alem y La Plata, desde calle San Martín hasta calle Tomas Garzón de la Ciudad de Oncativo, suscriba Contratos de Obras con los afiliados de UATRE Sec. 224, para la ejecución de la mano de obra según detalle del contrato que pasa a formar parte de la presente. Dichos contratos no deberán superar los mil quinientos (1500) metros lineales de obra, y serán informados a este Honorable Cuerpo toda vez que sean renovados.-

 

Artículo Segundo:  

Remítase copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

 

Artículo Tercero:

Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

 

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TRES DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

 

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