Ordenanza Nº2243

 

VISTO:

La Ordenanza 2224/2017,

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario la aprobación de un Proyecto de Ordenanza que complemente y modifique la Ordenanza Nº 2224/17.-

Que es necesario autorizar a suscribir un contrato de adhesión a un Plan de Ahorro con la firma COLSERVICE S.A., para la adquisición de un vehiculo marca: MERCEDES BENZ, MODELO ATEGO 1720 – 48, nuevo, sin uso; ante el concesionario COLCOR S.A. de la Ciudad de Córdoba.-

Que como lo aclara la misma, el Gobierno de Córdoba, aporta el 20% por ciento del valor de la unidad en carácter de subsidio, el que ya fue efectivizado a través de una Ayuda del Tesoro Provincial (ATP), ingresada a las arcas Municipales.

Que con la misma se procedió a pagar el anticipo de DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL PESOS ($ 235.000,00) fijado en el contrato de adhesión, del cual ya se han pagado cuatro (4) cuotas.-

Por todo lo expuesto,

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

en uso de sus atribuciones,

sanciona con fuerza de

 O R D E N A N Z A

Artículo Primero:

AUTORIZASE al Poder Ejecutivo a suscribir un contrato de adhesión correspondiente a un Plan de Ahorro para fines determinados con la firma Colservice S.A. de Ahorro para fines determinados, para adquirir un vehículo marca Mercedes Benz modelo ATEGO 1720-48 nuevo, sin uso.

Artículo Segundo:

El vehículo adjudicado por sorteo  será adquirido al concesionario COLCOR S.A. con sede en Colectora Norte Agustín Tosco S/N de la Ciudad de Córdoba.

Artículo Tercero:

AUTORIZASE al Poder Ejecutivo a realizar el pago inicial a Colcor  S.A. equivalente al  20 % del valor del vehículo en concepto de anticipo, lo cual asciende a la suma de pesos doscientos treinta y cinco mil ($ 235.000,00) El saldo restante se abonará en treinta y seis (36) siendo el valor de la primera cuota la suma de pesos: veintinueve mil seiscientos setenta y cuatro con noventa y seis centavos ($ 29.674,96) y los vencimientos posteriores obrarán los días 20 de cada mes, autorizándose el pago por débito automático contra la cuenta que la Municipalidad comprometa en el respectivo contrato. Las cuotas restantes serán ajustables mensualmente en relación al precio del vehículo provisto por Mercedes Benz Argentina S.A.

Artículo Cuarto:

Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

Articulo Quinto:

De Forma

 

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

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