VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal por el cual se solicita autorización para llamar a un Concurso de Precios para la venta de maquinarias usadas, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 30, inc. 20 de la Ley Nº 8102 (Ley Orgánica Municipal) que establece que el Concejo Deliberante debe aprobar la venta de bienes privados del Municipio.
Que el fundamento de estas ventas es que el Municipio reemplazará estos equipos, cuando se incorporen a los servicios las maquinarias nuevas aprobadas para la compra mediante crédito del Banco de la Provincia de Córdoba.-
Que dichas maquinarias tienen un costoso mantenimiento para el nivel de exigencia de trabajo que tiene el mismo en nuestra ciudad, debido a desgaste y antigüedad.-
Que a criterio de este Cuerpo el procedimiento de venta más conveniente es el Concurso de Precios, estableciéndose montos mínimos de cotización, toda vez que se respeta el principio de selección y se garantiza un monto mínimo como precio de venta, en resguardo de los intereses del Municipio.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a CONCURSO DE PRECIOS para proceder a la venta de:
a) UN (1) Camión Mb 1112, Dominio XGW 751, Modelo 1965, que se encuentra equipado con tanque y sistema de riego, en funcionamiento en la actualidad, todo en base al pliego de condiciones y especificaciones técnicas que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
b) UNA (1) Pala Cargadora frontal marca CATERPILLER 910, Modelo 1980, en funcionamiento en la actualidad, todo en base al pliego de condiciones y especificaciones técnicas que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
c) UNA (1) Pala Cargadora marca MANCINI PZM 2000, Modelo 1993, en funcionamiento en la actualidad, todo en base al pliego de condiciones y especificaciones técnicas que pasa a formar parte de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo:
Que los mismos serán desafectados del Dominio Público del Municipio, una vez que sea elegido el comprador en el Concurso de Precios o la Apertura de Ofertas correspondiente.-
Artículo Tercero:
REMITASE copia de la presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Artículo Cuarto:
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-
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