Ordenanza N°2159/15

VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el que se solicita se ratifiquen los Contratos de Locación de Servicios  Personal, celebrados entre la Municipalidad de Oncativo, por una parte y los Sres. Juan José FERREYRA, Arturo Luís MANSILLA,  Armando Ángel FULGENZI,  Nancy Noemí  MOLINA,  Ana Betty BARRIOS, Marta Beatriz RODRIGUEZ, Marisa Inés OCHOA, Graciela Estela BARRIONUEVO, Marcela Fabiana TISERA, Marta Susana DIAZ y Gladys de las Mercedes ANNIBALI  por la otra; y 

CONSIDERANDO:
Que si bien el personal contratado es una categoría prevista en la Ordenanza Nº 422/88, la particular extensión convenida para los casos  objetos de la presente elevación ha tenido en cuenta la historia previsional de cada uno de los contratados.- 
Que a través de esta vía, el personal contratado podrá gestionar el reconocimiento de la jubilación por edad avanzada en el Régimen Provisional Nacional, una vez dispuesto el cese por parte de la Municipalidad o la rescisión del contrato por parte del locador de servicios.-
Que los  contratos  han sido consensuados con el Sindicato de Empleados Municipales.-
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo Primero:
RATIFICASE  los CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS AL PERSONAL  celebrado entre la Municipalidad de Oncativo, por una parte y los Sres. Juan José FERREYRA, Arturo Luís MANSILLA,  Armando Ángel FULGENZI,  Nancy Noemí  MOLINA,  Ana Betty BARRIOS, Marta Beatriz RODRIGUEZ, Marisa Inés OCHOA, Graciela Estela BARRIONUEVO, Marcela Fabiana TISERA, Marta Susana DIAZ y Gladys de las Mercedes ANNIBALI   por la otra, el cual pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza. –

Artículo Segundo:
De forma.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.-

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