Ordenanza N°2136/15

VISTO:
Lo establecido en la Ley Provincial Nº 10.031, mediante la cual se crea el Régimen de Provisión del Boleto Educativo Gratuito para ser utilizado en el transporte de pasajeros de urbanos, suburbanos e interurbanos de Jurisdicción Provincial, en particular a lo prescripto en el Art. Nº 8 del Decreto Nº 2596/2011 que corre como Anexo Único al mencionado instrumento legal, y

CONSIDERANDO:
Lo establecido en la Resolución Nº 078/2014 y sus modificatorias, que las Municipalidades deberán adherir al Programa, firmando el Convenio de Adhesión con la Secretaría de Transporte, “ad referéndum” del Concejo Deliberante.- 
Por todo lo expuesto,  

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
En uso de sus atribuciones
Sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo Nº 1:
RATIFIQUESE el Convenio de Adhesión firmado por el Intendente de la Municipalidad de Oncativo Sr. Gastón Luís Re con la SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, representada por el Señor Director General de Transporte Ing. Marcelo Daniel Mansilla, con fecha 21 de Marzo de 2016 .-

Artículo Nº 2:
Comuníquese, entréguese copia certificada a la SECRETARIA DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE CORDOBA y Archívese.-

Artículo Nº 3: 
De forma .-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS 12 DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL QUINCE-

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