VISTO:
La Ordenanza Nº 1756/06, Nº 1849/07; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 1756/06 dispuso la creación en la ciudad de Oncativo de un nido de empresas llamado “POLO INDUSTRIAL ONCATIVO” para la radicación de pequeños y medianos proyectos de desarrollo productivo, a cuyo fin autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta de los terrenos de propiedad del municipio que colindan con la Planta de Separación de Residuos Sólidos Domiciliarios y con el sector ocupado por la Agrupación Gaucha Canario Peralta.-
Que asimismo el referido plexo legislativo estableció un procedimiento a fin de que los interesados en adquirir dichos terrenos presenten un resumen ejecutivo de su proyecto, detallando el rubro y la actividad a desarrollar, anteproyecto de los planos ejecutivos y de la inversión de las obras a ejecutar dentro del terreno que estimen necesario, precisando el tiempo de ejecución y terminación de las obras, equipamiento que se instalaría para la puesta en marcha del proyecto, cantidad aproximada de personal a la que se le daría trabajo una vez que el proyecto esté en actividad productiva.-
Que asimismo el Art. 5to de la referida ordenanza expresa que “…una vez que los interesados presenten sus proyectos por ante el Departamento Ejecutivo Municipal, este procederá a la evaluación y posterior informe, determinando el tamaño de terreno que se le ofrecería a cada interesado para instalarse en el sector. Los lotes a vender serán adjudicados según las necesidades de cada proyecto y se irán adjudicando por el orden de presentación de los mismos, fijando los precios según corresponda a cada lote. El informe en cuestión deberá ser elevado por el Departamento Ejecutivo al Concejo Deliberante para su ratificación…”
Que en cumplimiento de dicha disposición el Departamento Ejecutivo Municipal elevó para su ratificación las siguientes adjudicaciones: PROYECTO 1º) del Sr. Leandro Maximiliano Primo PROYECTO 2) del Sr. Gabriel Fabricio Astrada, quien desarrolla la actividad de Fundición de Aluminio PROYECTO 3º) Por ampliación del Proyecto del Sr. Raúl Amadeo Ferreyra, quien ya desarrolla una actividad productiva en el Polo Industrial.-
Que analizados los proyectos por este Cuerpo, se estiman convenientes ratificar las adjudicaciones realizadas.-
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta de los terrenos propiedad del Municipio, en el denominado “Polo Industrial Oncativo”, en un todo de acuerdo a lo establecido por Ordenanza Nº 1756/06 y Nº 1849/07, concretando las adjudicaciones que a continuación se detallan:
- ADJUDICAR el Sr. LEANDRO MAXIMILIANO PRIMO DNI. 34.482.380, quien desarrolla la actividad de Fabricación de Aberturas de Aluminio, los lotes Nº 23 y Nº 24 de 16,65 mts de frente por 30 mts. de fondo cada uno, formando en total un lote con una superficie de 33.30 por 30 mts, con un precio total de Pesos: Ochenta y seis mil quinientos ($ 86.500,00).-
- ADJUDICAR al Sr. GABRIEL FABRICIO ASTRADA DNI. 16.090.985, quien desarrolla la actividad de Fundición de Aluminio el lote Nº 22 de 16,77 mts. de frente x 30 mts.de fondo, con un precio total de Pesos Cincuenta y seis mil cien ($56.100,00).-
- ADJUDICAR al Sr. RAÚL AMADEO FERREYRA DNI. 18.259.139, quien tiene adjudicado por Ordenanza Nº 1849/07 el lote Nº 17 y debido a la expansión productiva se le adjudica el lote Nº 18 colindante al mismo de 22.30 mts de frente por 30 mts. de fondo, con un precio total de Pesos: Sesenta mil doscientos ($ 60.200,00).-
Artículo Segundo:
REMÍTASE copia del presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Tercero:
Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
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