VISTO:
La Ordenanza Nº 1756/06, Nº 1849/07; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 1756/06 dispuso la creación en la ciudad de Oncativo de un nido de empresas llamado “POLO INDUSTRIAL ONCATIVO” para la radicación de pequeños y medianos proyectos de desarrollo productivo, a cuyo fin autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta de los terrenos de propiedad del municipio que colindan con la Planta de Separación de Residuos Sólidos Domiciliarios y con el sector ocupado por la Agrupación Gaucha Canario Peralta.-
Que asimismo el referido plexo legislativo estableció un procedimiento a fin de que los interesados en adquirir dichos terrenos presenten un resumen ejecutivo de su proyecto, detallando el rubro y la actividad a desarrollar, anteproyecto de los planos ejecutivos y de la inversión de las obras a ejecutar dentro del terreno que estimen necesario, precisando el tiempo de ejecución y terminación de las obras, equipamiento que se instalaría para la puesta en marcha del proyecto, cantidad aproximada de personal a la que se le daría trabajo una vez que el proyecto esté en actividad productiva.-
Que asimismo el Art. 5to de la referida ordenanza expresa que “…una vez que los interesados presenten sus proyectos por ante el Departamento Ejecutivo Municipal, este procederá a la evaluación y posterior informe, determinando el tamaño de terreno que se le ofrecería a cada interesado para instalarse en el sector. Los lotes a vender serán adjudicados según las necesidades de cada proyecto y se irán adjudicando por el orden de presentación de los mismos, fijando los precios según corresponda a cada lote. El informe en cuestión deberá ser elevado por el Departamento Ejecutivo al Concejo Deliberante para su ratificación…”
Que en cumplimiento de dicha disposición el Departamento Ejecutivo Municipal elevó para su ratificación las siguientes adjudicaciones: PROYECTO 1º) Sr. Jorge Pablo Cerquatti, quien desarrolla la actividad de Fabricación de Implementos Agrícolas y para la Higiene Urbana. 2º) PROYECTO del Sr. José Luís FRATTARI, quien desarrolla la actividad de Fabricación de Paneles de Cobre para Radiadores y de Radiadores completos en Cobre y Aluminio.
Que analizados los proyectos por este Cuerpo, se estiman convenientes ratificar las adjudicaciones realizadas.-
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta de los terrenos propiedad del Municipio, en el denominado “Polo Industrial Oncativo”, en un todo de acuerdo a lo establecido por Ordenanza Nº 1756/06 y Nº 1849/07, concretando las adjudicaciones que a continuación se detallan:
- PROYECTO del Sr. JORGE PABLO CERQUATTI DNI. 32.889.426, quien desarrolla la actividad de pintura de fabricación de Implementos Agrícolas y equipos de Higiene Urbana, los lotes 1 y 50 de 13,48 por 30 mts. cada uno, formando en total un lote con una superficie de 13,48 por 60 mts, con un precio de Pesos: Ochenta y ocho mil quinientos ( $ 88.500,00) .-
- PROYECTO del Sr. JOSÉ LUIS FRATTARI DNI. 13.023.898, quien desarrolla la actividad de Fabricación de Paneles de Cobre para Radiadores y de Radiadores completos en cobre y aluminio, los lotes 26 y 27 de 16,65 mts. de frente x 30 mts.de fondo cada uno, formando en total un lote con una superficie de 33.30 por 30 mts, con un precio de Pesos Ochenta y seis mil quinientos ($86.500,00) .-
Artículo Segundo:
REMÍTASE copia del presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Tercero:
Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
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