Ordenanza N°2060/13

VISTO:
El Expediente Nº 113/13 y

CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 1849/07 dispuso la creación en la ciudad de Oncativo de un nido de empresas llamado “POLO INDUSTRIAL ONCATIVO”
Que el Sr. Fabio Remesar Bertotto, presenta una nota con fecha 25 de Marzo de 2013, en donde solicita el cambio del lote Nº 18, adjudicado mediante Ordenanza Nº 1849/07, por el lote designado con el Nº 12, ambos de 900 metros cuadrados, como así también la compensación de las doce (12) cuotas abonadas para el pago total del lote.-
Que el Sr. Héctor Juan Vottero, presenta una nota con fecha 01 de Julio de 2013, en donde solicita el cambio del lote Nº 15, adjudicado mediante Ordenanza Nº 1849/07, por el lote designado con el Nº 13, ambos de 900 metros cuadrados, como así también la compensación de las cuotas abonadas para el pago parcial del lote.-
Que de acuerdo a la información proporcionada por el área de Coordinación y Desarrollo de este Municipio, los lotes designados con el Nº 12 y Nº 13 están disponibles.-
Que en ambos casos, el pedido tiene como fundamento la mejor operatividad y/o funcionalidad de los desarrollos de los proyectos productivos.-
Que analizados los proyectos por este Cuerpo, se estiman convenientes autorizar los cambios realizados.-
Por todo ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Artículo Primero:
AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder al cambio de dos (2) lotes ubicados, en el denominado “Polo Industrial Oncativo”, adjudicados mediante Ordenanza Nº 1849/07 a los siguientes titulares:

  1. PROYECTO del Sr. FABIO ROSEMAR BERTOTTO DNI. 20.260.106, solicita el cambio del Lote Nº 18 por el lote designado con el Nº 12, ambos de 900 mts. cuadrados, así como también la compensación de las 12 (doce) cuotas abonadas para el pago total del lote.-
  2. PROYECTO del Sr. HECTOR JUAN VOTTERO DNI. 13.422.678, solicita el cambio del Lote Nº 15 por el lote designado con el Nº 13, ambos de 900 mts. cuadrados, así como también la compensación de las cuotas abonadas para el pago parcial del lote.-

Artículo Segundo:
REMÍTASE copia del presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Artículo Tercero:
Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRECE.-

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