VISTO:
La Ordenanza Nº 1756/06, Nº 1849/07: y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 1756/06 dispuso la creación en la ciudad de Oncativo de un nido de empresas llamado “POLO INDUSTRIAL ONCATIVO” para la radicación de pequeños y medianos proyectos de desarrollo productivo, a cuyo fin autorizó al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta de los terrenos de propiedad del municipio que colindan con la Planta de Separación de Residuos Sólidos Domiciliarios y con el sector ocupado por la Agrupación Gaucha Canario Peralta.-
Que asimismo el referido plexo legislativo estableció un procedimiento a fin de que los interesados en adquirir dichos terrenos presenten un resumen ejecutivo de su proyecto, detallando el rubro y la actividad a desarrollar, anteproyecto de los planos ejecutivos y de la inversión de las obras a ejecutar dentro del terreno que estimen necesario, precisando el tiempo de ejecución y terminación de las obras, equipamiento que se instalaría para la puesta en marcha del proyecto, cantidad aproximada de personal a la que se le daría trabajo una vez que el proyecto esté en actividad productiva.-
Que asimismo el Art. 5to de la referida ordenanza expresa que “…una vez que los interesados presenten sus proyectos por ante el Departamento Ejecutivo Municipal, este procederá a la evaluación y posterior informe, determinando el tamaño de terreno que se le ofrecería a cada interesado para instalarse en el sector. Los lotes a vender serán adjudicados según las necesidades de cada proyecto y se irán adjudicando por el orden de presentación de los mismos, fijando los precios según corresponda a cada lote. El informe en cuestión deberá ser elevado por el Departamento Ejecutivo al Concejo Deliberante para su ratificación…”
Por lo anteriormente mencionado el Departamento Ejecutivo Municipal, presenta para su ratificación ante el Concejo Deliberante la siguiente adjudicación: El Proyecto del Sr. Julio Javier Whitney: quien desarrollara la actividad de Fabricación de Productos Metálicos para uso estructura.-
Que analizado el proyecto por este Cuerpo, se estima conveniente ratificar la adjudicación sugerida por el Departamento Ejecutivo.-
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
AUTORÍCESE al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a la venta de los terrenos propiedad del Municipio, en el denominado “Polo Industrial Oncativo” , en un todo de acuerdo a lo establecido por Ordenanza Nº 1756/06 y Nº 1849/07, concretando la adjudicación que a continuación se detalla: a) Adjudicar al Sr. Julio Javier Whitney, DNI. 12.340.571: quien desarrolla la actividad de Fabricación de Productos Metálicos para uso estructural, los lotes 16 y 15 de de 30 mts. x 30 mts. cada uno, con un precio de Pesos: Ciento Catorce mil novecientos ( $ 114.900,00).-
Artículo Segundo:
REMITASE: copia del presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Artículo Tercero:
Comuníquese, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS DIESISEIS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRECE.-
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