Ordenanza N°2054/13

VISTO:
El Proyecto de Ordenanza iniciado por el Departamento Ejecutivo Municipal por el cual se solicita autorización para vender en forma directa a la Municipalidad de Costa Sacate, un camión Marca Dodge 800, y

CONSIDERANDO:
Que el Art. 30, Inc. 20 de la Ley Nº 8102 (Ley Orgánica Municipal) establece que el Concejo Deliberante debe aprobar la venta de bienes privados del Municipio.
Que la unidad de referencia es un camión Marca Dodge 800, que se encuentra equipado con tanque y sistema de riego.-
Que de acuerdo a las informaciones de mercado recogidas y al estado que presenta el bien objeto de este proyecto, se establece un precio de venta de $ 90.000,00 (pesos: noventa mil) pagadero el 50% contra entrega y el saldo con dos cheques posdatados del Municipio de Costa Sacate a 30 y 60 días de la fecha de entrega.-
Que la unidad de referencia tiene muchos años de uso y es costoso su mantenimiento para el nivel de exigencia de trabajo que tiene el mismo en nuestra Ciudad.-
Que los fundamentos para esta venta, es que nuestro Municipio remplazará este equipo, por el Camión Ford 12000, equipado a nuevo.-
Que a criterio de este Cuerpo el procedimiento de venta más conveniente es el directo, en resguardo de los intereses del Municipio.
Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Art.Nº 1).-
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a vender en forma Directa al Municipio de Costa Sacate, Provincia de Córdoba, el camión propiedad de nuestra municipio, Marca Dodge 800, que se encuentra equipado con tanque y sistema de riego, todo en el estado en que se encuentra, en la suma de Pesos: Noventa mil ( $ 90.000,00) pagadero el 50% contra entrega y el saldo en dos (2) cheques posdatados del Municipio de Costa Sacate a 30 y 60 días de la fecha de entrega.-

Art.Nº 2).-
REMITASE copia del presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

Art.Nº 3).-
De forma.-

DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS DIESIOCHO DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS TRECE.-

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