VISTO:
El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual se solicita se acepte la donación efectuada por los Sres. Ever Pedro Viano, Daniel Ever Viano y María Esther Dolly Viano de González, de espacios de terrenos de su propiedad, para ser afectados a calle y paseos públicos, y
CONSIDERANDO:
Que el espacio de terreno a afectar para calles se encuentra descripto en el plano de Unión y Subdivisión ejecutado por el Ingeniero Civil Miguel Ángel Baretta, Matricula Profesional Nº 10697/9 .-
Que es atribución de este Concejo aceptar las donaciones que le hicieren al Estado Municipal .-
Que conforme lo informa la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de este Municipio, para la realización de la obra de gas natural, es necesario contar con la ordenanza en donde se produce la aceptación de los espacios destinados a calles, requisito exigido por la distribuidora Gas Del Centro, para poder aprobar el proyecto de nueva red .-
Que a tales fines se resuelve aceptar la donación, sin que ello implique la aprobación definitiva del loteo, el cual deberá cumplimentar la totalidad de las exigencias previstas por el Código de Edificación vigente .-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
ACEPTESE la donación efectuada a favor de la Municipalidad de Oncativo, por los Sres. Ever Pedro Viano, Daniel Ever Viano y María Esther Dolly Viano de González de espacios de terrenos de su propiedad, para ser afectados a calles y paseos públicos, los cuales son parte de la Manzana Nº 144 Lote 262-7159 y 8 a través del plano de Unión y Subdivisión ejecutado por el Ingeniero Civil Miguel Ángel Baretta, Matrícula Profesional Nº 10697-9 el que para mayor ilustración pasa a formar parte integrante de la presente Ordenanza.-
Artículo Segundo:
AFÉCTENSE a calle Pública, los lotes descriptos en el artículo precedente .-
Artículo Tercero:
REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Cuarto:
De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERAMNTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE .-
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