VISTO:
El Proyecto de Ordenanza de creación de una operatoria municipal para la construcción de viviendas en la ciudad de Oncativo denominado PLANMUVI. 1, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Municipal advierte que existe de parte de un numeroso sector de la comunidad la necesidad de contar con una vivienda y que estas familias se encuentran imposibilitadas de acceder a alternativas de financiación del costo de las mismas.-
Que esta demanda de viviendas generalmente había venido siendo respondida desde el estado nacional y provincial dado que presupuestariamente resulta imposible para los municipios afrontar el financiamiento integral de viviendas familiares a la escala que se necesita para satisfacer este requerimiento.-
Que atento a ello el gobierno municipal elaboró una operatoria que permita, mediante un aporte de capital del municipio y con un complemento de recursos efectuado por los particulares interesados, construir por administración municipal viviendas familiares.-
Que esta operatoria es la que finalmente se concreta mediante la Ordenanza de creación del Área Municipal de la Vivienda y sus normas complementarias entre las que se encuentra la presente.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo 1)
AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Oncativo a suscribir y realizar los aportes necesarios a la compra de 20 (VEINTE) viviendas del PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDAS 1 ( PLAN.MU.VI. 1) en igualdad de condiciones a los demás adherentes al Plan en cuanto a la realización cuantitativa de los aportes, pero resultara adjudicatario de las unidades, solo una vez que se hubieren adjudicado y entregado todas las viviendas a la totalidad de los adherentes particulares sin vivienda propia, o podrá capitalizar el dinero resultante una vez completada la entrega de vivienda a los suscriptores particulares, para la realización de otro circulo de construcción de viviendas u otra obra que se considere de prioridad.-
Artículo 2)
AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Oncativo a capitalizar la suscripción de la compra de 20 (veinte)viviendas del PLAN.MU.VI. 1 aportando la cantidad equivalente al pago de 10 mts.2 por cada una de las 20 viviendas al momento de la suscripción.-
Artículo 3)
AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Oncativo a capitalizar el pago mensual de las cuotas correspondientes a la compra de 20 (veinte) viviendas del PLAN.MU.VI. 1 equivalente cada una de ellas al valor de 1 mts.2 .-
Artículo 4)
AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal de la Ciudad de Oncativo a cubrir las erogaciones correspondientes al 2011 de suscripción y pago de las cuotas, según el detalle de los Art. 2 y 3 del presente, utilizando para ello los recursos excedentes del Presupuesto Anual 2011, correspondientes a Excedentes Liquido de Ejercicios Anteriores.-
Artículo 5)
Dejar previsto para que en la ejecución de los Presupuestos anuales de anos próximos se deje la partida necesaria para cumplimentar el pago de las cuotas faltantes de la suscripción de las 20 viviendas del PLAN.MU.VI.1.-
Artículo 6 )
AUTORIZAR Al Departamento Ejecutivo Municipal a cubrir con parte de los recursos ya aportados y en el caso que resulte necesario, el desfasaje transitorio del PLAN.MU.VI. 1 que pudiera darse entre los periodos de actualización de la planilla de costo del metro cuadrado .-
Artículo 7 )
De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTISES DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
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