VISTO:
El Convenio de Adhesión celebrado y/o a celebrarse por el Departamento Ejecutivo Municipal con el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba en el marco del “Fondo para la Descentralización del Mantenimiento de Edificios Escolares – Ley 9835” (FODEMEEP), y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado fondo se instituyó para garantizar los recursos necesarios para efectuar el mantenimiento preventivo y las reparaciones menores de los edificios escolares de propiedad provincial – o de propiedad privada arrendados por la provincia para el funcionamiento de escuelas – de los diversos niveles de enseñanza, cuya ejecución no tome expresamente a su cargo el Estado Provincial.-
Que la ejecución del FODEMEEP estará a cargo de los gobiernos municipales que adhieran a las condiciones establecidas en la ley.-
Que en virtud del mencionado convenio nuestro Municipio acepta recibir los fondos transferidos en concepto de FODEMEEP y se obliga a destinarlos según las previsiones de la Ley 9835.-
Que dicho convenio se celebró ad-referéndum del Concejo Deliberante.-
Que atento la finalidad del mismo este cuerpo estima conveniente su aprobación.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
En uso de sus atribuciones
Sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Nº 1:
APRUEBASE el Convenio de Adhesión en el marco del “Fondo para la Descentralización del Mantenimiento de Edificios Escolares – Ley 9835” (FODEMEEP) celebrado y/o a celebrarse entre el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba y la Municipalidad de Oncativo, el cual pasa a formar parte integrante de la presente.-
Artículo Nº 2:
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
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