VISTO:
El Proyecto de Ordenanza por el que se dispone la ejecución de las obras de Infraestructura de Red de Distribución de Agua Potable y Red de Energía Eléctrica en el Barrio “Adán Alejo Tauber” de propiedad del Municipio, destinado a la construcción de 28 viviendas del PLAN.MU.VI. 2 y se autoriza la contratación en forma directa a la CESOPOL para su realización: y
CONSIDERANDO:
Que en el loteo de referencia se proyecto la ejecución de las obras de infraestructura necesarias para nutrir de los servicios básicos, agua potable y energía eléctrica, al sector que será destinado a la construcción de 28 viviendas correspondientes al PLAN.MU.VI. 2.-
Que la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de Oncativo Ltda. (CESOPOL) es la única Empresa local con recursos humanos y técnicos capaz de ejecutar el proyecto de referencia.-
Que desde siempre ha sido una práctica habitual en este Municipio contratar en forma directa a la Cooperativa local para la realización de obras de infraestructura como la de referencia.-
Que el monto cotizado por la Cooperativa incluye mano de obra, equipamiento, materiales, proyecto, Representación y Dirección Técnica.-
Que el mismo se ajusta a los valores de plaza, motivo por el cual este Honorable Cuerpo se expide a favor de aprobar la ejecución de la obra, y autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa la ejecución de la misma.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Art. Nº 1)
DISPONESE la ejecución de la obra de Red de Energía Eléctrica y Red de Distribución de Agua Potable en los lotes ubicados sobre calle Soberanía Nacional entre calles José Hernández y Río Negro en el Barrio “Adán Alejo Tauber” de propiedad del Municipio.-
Art. Nº 2)
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa con la Cooperativa Eléctrica De Servicios y Obras Públicas de Oncativo Ltda. (CESOPOL), para la ejecución de la obras de infraestructuras precitadas, por un monto que no supere la suma de Pesos: doscientos seis mil ciento setenta y cinco ($ 206.175,00) para la Red de Distribución de Agua Potable y seiscientos veintidós mil trescientos veinticinco ($622.325,00) para la obra de Distribución Eléctrica estando comprendido en este importe Mano de Obra, Equipamiento, Materiales, Proyecto, Representación y Dirección Técnica.-
Art. Nº 3).-
FACULTASE al Señor Intendente Municipal a suscribir toda la documentación que fuere menester para dar cumplimiento con el objeto de la presente norma.-
Art.Nº 4).-
COMUNÍQUESE a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Art.Nº 5).-
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE MARZO AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
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MAY
