Ordenanza Nº 2346

 

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza por el que se dispone la  ejecución de las obras de Infraestructura de Red de Distribución de Agua Potable y Red de Energía Eléctrica en el Barrio “Adán Alejo Tauber” de propiedad del Municipio, destinado a la construcción de 40 viviendas del PLAN MUVI. 2 y MUVI 3 autorizando la contratación en forma directa a la CESOPOL para su realización; y

 

CONSIDERANDO:

Que en el loteo de referencia se proyecto la ejecución de las obras de infraestructura necesarias para nutrir de los servicios básicos, agua potable y energía eléctrica, al sector que será destinado a la construcción de 40 viviendas correspondientes al PLAN MUVI. 2 y MUVI 3.-

Que la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de Oncativo Ltda. (CESOPOL) es la única Empresa local con recursos humanos y técnicos capaz de ejecutar el proyecto de referencia.-

Que desde siempre ha sido una práctica habitual en este Municipio contratar en forma directa a la Cooperativa local para la realización de obras de infraestructura como la de referencia.-

Que el monto cotizado por la Cooperativa incluye mano de obra, equipamiento, materiales, proyecto, Representación y Dirección Técnica.-

Que el mismo se ajusta a los valores de plaza, motivo por el cual este Honorable Cuerpo se expide a favor de aprobar la ejecución de la obra, y autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa la ejecución de la misma.-

Por todo lo expuesto,

 

               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                              DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,

en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de

                                  O R D E N A N Z A

 Art. Nº 1)

DISPONESE la ejecución de la obra  de Red de Energía Eléctrica y Red de Distribución de Agua Potable en los lotes ubicados sobre calles Puerto Argentino, Combatientes de Malvinas, Soberanía Nacional y calle Pública en el Barrio “Adán Alejo Tauber” de propiedad del Municipio.-

 Art. Nº 2)

AUTORIZASE  al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa con la Cooperativa Eléctrica De Servicios y Obras Públicas de Oncativo Ltda. (CESOPOL), para la ejecución de la obras de infraestructuras precitadas,  por un monto que no supere la suma de Pesos: seiscientos cincuenta y dos mil quinientos treinta($ 652.530,00) para la Red de Distribución de Agua Potable y un millón trescientos ochenta y ocho mil cuatrocientos treinta y cinco ($1.388.435,00)  para la obra de  Distribución Eléctrica estando comprendido en este importe Mano de Obra, Equipamiento, Materiales, Proyecto, Representación y Dirección Técnica.-

Art. Nº 3).-

FACULTASE al Señor Intendente Municipal a suscribir toda la documentación que fuere menester para dar cumplimiento con el objeto de la presente norma.-

 Art. Nº 4).-

COMUNÍQUESE a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

Art. Nº 5).-

De forma.-

 DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTIÚN DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-

 

 

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