VISTO:
La Ordenanza Nº 1720/05, y
CONSIDERANDO:
Que dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a convenir con los propietarios de las balanzas para cereal privadas ubicadas en el radio urbano de la ciudad de Oncativo los términos y condiciones que permitan su traslado, reubicación o erradicación.-
Que el objetivo de esta norma es erradicar estas balanzas, ubicadas en zonas densamente pobladas, logrando su traslado a lugares periféricos de menor densidad poblacional, ofreciéndole a los distintos propietarios de las mismas la posibilidad de reubicarlas en el predio de propiedad de la Municipalidad donde esta construida la playa de estacionamiento para camiones.-
Que la ordenanza además preveía que el Municipio asumiera el costo que implique el desarmado, traslado y reubicación de las balanzas en el predio precitado, el que se cedería en comodato precario y gratuito a los propietarios de las mismas, recibiéndose a cambio los inmuebles donde actualmente están radicadas las balanzas y sus dependencias, para disponer de ellos, o bien, para destinarlos a espacio público.-
Que estas erradicaciones permitirían descongestionar de tránsito pesado de zonas densamente pobladas y de gran tránsito vehicular y peatonal, con todas las ventajas que ello implica para la calidad de vida de los vecinos y en términos de seguridad vial.-
Que la Ordenanza referenciada establece que los acuerdos que el Departamento Ejecutivo celebrare con propietarios de estas balanzas deben ser ratificados por el Concejo Deliberante.
Que en este marco normativo el Gobierno Municipal celebró con fecha 04/08/2009 convenio para el traslado de la balanza de propiedad de la Agrupación San Lorenzo, la cual se encuentra ubicada en Bartolomé Mitre y José Hernández.-
Que el acuerdo firmado contempla el traslado de la Balanza San Lorenzo al terreno Municipal destinado para playa de estacionamiento de camiones, quedando a cargo de la Municipalidad bajo su exclusivo costo y cargo la ejecución de todos y cada uno de los trabajos necesarios para el traslado y la construcción de todas y cada una de las obras civiles que fueran necesarias, recibiendo a cambio el Municipio el usufructo para fines públicos del terreno donde hoy se ubica la balanza más la infraestructura existente en el lugar.
Que analizado el convenio este cuerpo estima que el mismo se encuadra en lo establecido por la Ordenanza nº 1.720/05.-
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
RATIFICASE el convenio celebrado con fecha 04/08/2009 entre el Departamento Ejecutivo Municipal y el grupo denominado “Agrupación San Lorenzo” de propietarios de la balanza para cereal que se encuentra ubicada calles Bartolomé Mitre y J. Hernández de nuestra ciudad de Oncativo, el cual pasa a formar parte integrante de la presente.-
Artículo Segundo:
REMÍTASE copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Tercero:
De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS VEINTINUEVE. DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
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