VISTO:
La Ordenanza N° 2357 de fecha 09/12/2019; y
CONSIDERANDO:
Que la referida Ordenanza otorgo un incremento salarial aplicable sobre las remuneraciones básicas y adicionales fijos, para todo el personal municipal.-
Que a su vez, estableció un adicional no remunerativo aplicable sobre las remuneraciones básicas.-
Que la mencionada Ordenanza estableció las pautas de incrementos salariales desde Diciembre de 2019 hasta el Mes Marzo de 2020 de todo el personal dependiente de esta Municipalidad.-
Que a su vez el artículo cuarto, incorporo a las remuneraciones básicas, el adicional no remunerativo establecido en la misma, a partir del mes de abril de 2020.-
Que con fecha 24 de Abril de 2020, se llevó adelante una reunión entre el Gobierno Municipal y el Sindicato de Empleados Municipales de Oncativo, donde tuvo tratamiento la realidad circundante que vive el Mundo a raíz de la pandemia producida por el nuevo CORONAVIRUS COVID-19, de la cual no es ajena nuestro País, nuestra Provincia de Córdoba, ni mucho menos nuestra Municipalidad de Oncativo.-
Que en la misma, se planteó la dificultad económica que atraviesa la Municipalidad de Oncativo, producto de la abrupta caída de sus ingresos, lo que hace necesario generar ahorros y garantizar así el pago de los salarios con la menor carga tributaria.-
Que por dicho motivo, resulta conveniente mantener el adicional no remunerativo por dos (2) meses más, (Abril y Mayo) el que pasara al básico en el mes de Junio 2020.-
Que lo anteriormente expuesto, fue plenamente comprendido por los representantes gremiales.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
MODIFIQUESE el art. CUARTO de la Ordenanza N° 2357 de fecha 09/12/2019, el que quedara redactado de la siguiente manera: INCORPORESE a las remuneraciones básicas, el “Adicional No Remunerativo”; establecido en el artículo N° 2 de la presente a partir de Junio de 2020.-
Articulo Segundo:
REMÍTASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Tercero:
De forma, Publíquese y Archívese.-
DADA EN LA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-
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