VISTO:
Los fondos asignados a este municipio en el marco del Programa ARGENTINA HACE, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal, ha elevado para consideración de este cuerpo, los pliegos para llamar a PROCESO DE SELECCIÓN para la contratación de; a) hormigón elaborado; b) ejecución de movimiento de tierra, mejoramiento y preparación de la subrasante y de la construcción de cordón cuneta de hormigón simple de 0.15 de espesor; y c) ejecución de movimiento de tierra, mejoramiento y preparación de la subrasante y de la construcción de pavimento de hormigón simple.
Que como es de práctica, el Concejo analiza el llamado a Proceso de Selección y aprueba los pliegos de bases y condiciones para tal contratación.-
Que las condiciones que impone el programa ARGENTINA HACE, en cuanto a sus plazos de ejecución de corto tiempo, los montos asignados y la magnitud de la obra a realizar, implica celeridad en los procesos que se lleven adelante para contratar.
En consecuencia, el D.E.M., entiende pertinente la contratación a través del mecanismo del proceso de selección.
Que en este sentido, solicita a este Honorable Cuerpo, la autorización para contratar de manera extraordinaria y por única vez, a través de los pliegos que se acompañan, los que superan el monto fijado en el PROCESO DE SELECCIÓN establecido en el Procedimiento General de Compras y Contrataciones, Ordenanza N° 1675/2004 – art. 12.
Que en mérito a lo expresado, este Concejo Deliberante se expresa a favor de dictar la Ordenanza para el llamado a PROCESO DE SELECCION para la contratación de los ítems a); b) y c) anteriormente expresados, y aprobar en consecuencia los pliegos de bases y condiciones para ello.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones,sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Art.Nº 1).-
LLAMASE a PROCESO DE SELECCIÓN para la contratación de; a) hormigón elaborado; b) ejecución de movimiento de tierra, mejoramiento y preparación de la subrasante y de la construcción de cordón cuneta de hormigón simple de 0.15 de espesor; y c) ejecución de movimiento de tierra, mejoramiento y preparación de la subrasante y de la construcción de pavimento de hormigón simple, en un todo de acuerdo con los Pliegos de Especificaciones Técnicas y Condiciones Generales que pasan a formar parte integrante de la presente Ordenanza.-
Art.Nº2).-
APRUÉBENSE los Pliegos de Especificaciones Técnicas y Condiciones Generales referenciados en el artículo precedente, los que para mayor ilustración pasan a formar parte integrante de la presente Ordenanza.-
Art. Nº 3).-
FACULTASE al Sr. Intendente Municipal a fijar, por Decreto, el día y hora de apertura de las propuestas.-
Art. Nº 4).-
Las propuestas deberán presentarse en la Intendencia Municipal, sita en calle Bulnes 727 de la Ciudad de ONCATIVO, hasta el día y hora que oportunamente se fijen.-
Art. Nº 5).-
Remítase Copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Art. Nº 6).-
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-
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