VISTO:
El Proyecto de Ordenanza por el que se autoriza la venta de un Lavarropa Industrial propiedad de la Municipalidad de Oncativo; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo referenciado ha venido siendo utilizado por el Hospital Municipal de la Ciudad de Oncativo.-
Que desde hace mucho tiempo se encuentra en desuso, dado el estado de deterioro del mismo por su antigüedad y por haber cumplido su ciclo de vida útil, por cuanto surgieron modelos nuevos y superadores.-
Que si bien el Hospital actualmente no lo usa, el mismo tiene mercado para su venta y de acuerdo a las averiguaciones practicadas, su precio de venta estaría en el orden de los pesos mil setecientos ($ 1.700.-)
Que el mismo se entregaría como parte de pago por la compra de una Prensa Plancha modelo Profesional para aproximadamente 15 Kg./ hora, cuyo precio aproximado es de pesos tres mil cuatrocientos ( $ 3.400. -) para ser utilizada en el Hospital Municipal .-
Que en mérito a lo dispuesto por el Art. 30 inc. 20 De la Ley Orgánica Municipal Nº 8102, el Concejo Deliberante debe autorizar la venta de los bienes del Municipio.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Nº 1).-
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la venta de un Lavarropa Industrial propiedad de la Municipalidad de Oncativo, por un monto base de pesos un mil setecientos ($ 1.700.- ).-
Artículo Nº 2).-
REMÍTASE copia a los organismo pertinentes a los fines que hubiere lugar.-
Artículo Nº 3).-
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
ShareNOV
