VISTO:
La solicitud de autorización de incremento salarial para el personal y los funcionarios municipales, elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Honorable Cuerpo; y
CONSIDERANDO:
Que dicha solicitud se basa en el acuerdo al que arribo el D.E.M con el Sindicato de Empleados Municipales de Oncativo.-
Que dicho acuerdo se fundamentó en la necesidad de ir paliando, de acuerdo a las posibilidades ciertas del Estado Municipal, el deterioro sustancial que pudiera ir sufriendo el ingreso de los trabajadores municipales.-
Que el incremento salarial para el personal permanente, contratado y jornalizado, derivado de la firma de un Acta Acuerdo con el Sindicato de Trabajadores Municipales para el período que comprende desde marzo hasta diciembre, inclusive, del año 2022 determina los siguientes porcentajes de aumento y su aplicación serán de la siguiente forma:
1) para los meses de marzo a junio: veinte por ciento (20%), sobre las remuneraciones básicas vigentes al 28/02/2022,
2) para los meses de julio a agosto: siete por ciento (7%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/03/2022.,
3) para los meses de setiembre a octubre: ocho por ciento (8%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/07/2022, y
4) para los meses de noviembre a diciembre: nueve por ciento (9%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 30/09/2022.
Que con respecto a los incrementos para el cargo de Intendente Municipal, Secretarios y Directores del Departamento Ejecutivo, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y del Honorable Tribunal de Cuentas, solicitamos el mismo incremento salarial.
Que es nuestra intención que estos valores comiencen a regir a partir del mes de marzo de 2022.-
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
OTÓRGUESE un incremento salarial para el personal municipal de Planta Permanente, Contratados y Jornalizados, de acuerdo al cronograma y aplicación que se detalla:
1) para los meses de marzo a junio: veinte por ciento (20%), sobre las remuneraciones básicas vigentes al 28/02/2022,
2) para los meses de julio a agosto: siete por ciento (7%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/03/2022,
3) para los meses de setiembre a octubre: ocho por ciento (8%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/07/2022, y
4) para los meses de noviembre a diciembre: nueve por ciento (9%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 30/09/2022.
Articulo Segundo:
OTORGUESE un incremento salarial para el cargo de Intendente Municipal, Secretarios y Directores del Departamento Ejecutivo, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y Honorable Tribunal de Cuentas, de acuerdo al cronograma y aplicación que se detalla:
1) para los meses de marzo a junio: veinte por ciento (20%), sobre las remuneraciones básicas vigentes al 28/02/2022,
2) para los meses de julio a agosto: siete por ciento (7%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/03/2022,
3) para los meses de setiembre a octubre: ocho por ciento (8%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/07/2022, y
4) para los meses de noviembre a diciembre: nueve por ciento (9%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 30/09/2022.
Artículo Tercero:
Las disposiciones de la presente Ordenanza comenzarán a regir con efecto al día uno de marzo del año dos mil veintidos.
Artículo Cuarto:
De forma.
DADA EN LA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-
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ABR
