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VISTO:
La Ley N° 10.503 “Programa Córdoba Rosa”, a través de la cual se instituye al mes de Octubre como “mes de Concientización sobre el Cáncer de Mama”; y
CONSIDERANDO:
Que en el art. 8 de la mencionada Ley, invita a las Municipalidades y Comunas de la Provincia de Córdoba a adherir a las disposiciones de la mencionada Ley.
Que la salud de la población es un pilar básico en la plataforma política de este gobierno municipal, lo cual se ve expresado en las acciones que realiza en esta materia, poniendo especial énfasis en ésta ocasión en la Concientización de Prevención del Cáncer de mama.
Que desde nuestro lugar, como representantes del pueblo y como un aporte más hacia la prevención y concientización, creemos importante alentar y promover las políticas tendientes a la toma de conciencia, en la mayor medida posible.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
En uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo Primero:
ADHIÉRESE el Municipio de Oncativo a la Ley Provincial N° 10.503 “Programa Córdoba Rosa”, en cada uno de los artículos que la componen, a través de la cual el Gobierno de la Provincia de Córdoba implementa la Concientización sobre la Prevención del Cáncer de Mama.
Artículo Segundo:
DECLÁRESE al mes de Octubre de cada año, como mes de la Concientización sobre el Cáncer de Mama en todo el ejido municipal.
Artículo Tercero:
IMPLEMÉNTESE diversas actividades educativas, deportivas, culturales, informativas y preventivas, llevadas a cabo a través de las áreas correspondientes, como estrategias tendientes a lograr el espíritu de la presente ordenanza.
Artículo Cuarto:
ELÉVESE copia al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese y Archívese.-
Artículo Quinto:
De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIÓNES DEL H.C.D. DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTISIETE DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.
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