VISTO:
El Convenio a suscribir entre el Ministerio de Gobierno y Seguridad de la Provincia de Córdoba, y la Municipalidad de Oncativo, en el marco de las Leyes Provinciales N° 9.380 y Nº 10.698; y
CONSIDERANDO:
Que es competencia del «MINISTERIO de GOBIERNO y SEGURIDAD», asistir al Poder Ejecutivo en todo lo inherente al Gobierno interno, las políticas de seguridad, relaciones institucionales sociales y gremiales, como así también en relación a las políticas municipales y comunales, procesos de integración y desarrollo regional que lleve adelante el Gobierno de la Provincia de Córdoba.
Que por el articulo N° 2 inc. a) del Decreto N° 300/2020 el Señor Gobernador ha delegado expresamente en el Señor Ministro de Gobierno y Seguridad la facultad de celebrar convenios, relativos a la seguridad pública con los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba.
Que el D.E.M. asume brindar un servicio electivo de seguridad respecto de su ciudad y tiene como misión colaborar con el bienestar general de la población de Oncativo.
Que la inseguridad es una problemática que azota a la sociedad en su conjunto y exige aunar esfuerzos entre el Estado Provincial y los Municipios y Comunas para empoderar a la ciudadanía mediante un compromiso activo y fortaleciendo los vínculos institucionales.
Que el Convenio tiene su espíritu y finalidad en la cooperación, coordinación y ejecución de acciones de asistencia técnica, todo con proyección al fortalecimiento de la integración Provincia-Municipio y optimización de las actividades relativas a la seguridad, supervisión, control y administración del Centro de Monitoreo, comprometiéndose el Ministerio a asistir y capacitar técnica y profesionalmente al municipio en lo relativo a la utilización de los Sistemas de video Vigilancia de Seguridad Ciudadana.
Que atento lo mencionado este Cuerpo estima conveniente autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a proceder a suscribir el convenio descripto.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el Convenio descripto con el Ministerio de Gobierno y Seguridad de la Provincia de Córdoba, en el marco de las Leyes Provinciales N° 9.380 y Nº 10.698; el que se acompaña y forma parte integrante de la presente, en las condiciones y formas que el mismo establece.
Artículo Segundo:
De forma.-
DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.
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