Ordenanza Nº 2470

VISTO:

La solicitud de autorización de incremento salarial para el personal y  los funcionarios municipales, elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Honorable Cuerpo; y

 

CONSIDERANDO:

Que dicha solicitud se basa en el acuerdo al que arribo el D.E.M con el Sindicato de Empleados Municipales de Oncativo.-

Que dicho acuerdo se fundamentó en la necesidad de ir paliando, de acuerdo a las posibilidades ciertas del Estado Municipal, el deterioro sustancial que pudiera ir sufriendo el ingreso de los trabajadores municipales.-

Que dicho incremento salarial para el personal permanente, contratado y jornalizado, deriva de la Firma de un Acta Acuerdo con el Sindicato de Trabajadores Municipales para el período comprendido entre marzo y diciembre, inclusive, del año 2022, en la que se generó un compromiso de revisión, teniendo en cuenta lo pactado entre el Gobierno de la Provincia.  de  Córdoba. y el S.E.P., con la finalidad de ajustar diferencias que pudieran surgir a favor de los empleados municipales, quedando de la siguiente manera.-

1) para el mes de diciembre de 2022: diez por ciento (10%),  sobre las remuneraciones básicas vigentes al 30/11/2022,

2) para el mes de enero de 2023: diez por ciento (10%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/12/2022.,

3) para el mes de febrero de 2023: ocho coma cinco por ciento (8.5%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/01/2023, y

Que con respecto a los cargos de Intendente Municipal, Secretarios y Directores del Departamento Ejecutivo, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y Honorable Tribunal de Cuentas, es el mismo incremento salarial.

1) para el mes de diciembre de 2022: diez por ciento (10%),  sobre las remuneraciones básicas vigentes al 30/11/2022,

2) para el mes de enero de 2023: diez por ciento (10%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/12/2022.,

3) para el mes de febrero de 2023: ocho coma cinco por ciento (8.5%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/01/2023, y

Que con respecto a los cargos de Intendente Municipal, Secretarios y Directores del Departamento Ejecutivo, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y Honorable Tribunal de Cuentas, es el mismo incremento salarial.

Que el intendente a cargo, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, ha estimado oportuno y conveniente establecer una nueva Estructura Orgánica Administrativa para la Municipalidad de Oncativo y que en el nuevo esquema administrativo reordena las atribuciones de las Secretarías y redistribuye sus competencias, con el objetivo de conferirle mayor dinamismo y eficacia a la gestión, y en concordancia con el incremento salarial otorgado a los cargos de director, es que solicitamos aumentar el porcentaje de los gastos de representación (igualándolos a los del cargo de Intendente),  de los cargos de Secretarios del Departamento Ejecutivo en un  quince por ciento (15%)  y, teniendo en cuenta que este concepto es considerado no remunerativo por ley provincial, no generará los aportes y contribuciones que hubiesen correspondido de no tener ese tratamiento

Que es nuestra intención que estos valores comiencen a regir a partir del mes de diciembre de 2022 y los meses de enero y febrero del 2023.-

Por todo lo expuesto,

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                            DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

           en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de

                                    O R D E N A N Z A

 

Artículo Primero:

OTÓRGUESE un incremento salarial para el personal municipal de Planta Permanente, Contratados y Jornalizados,  de acuerdo al  cronograma y porcentajes que se detallan:

1) para el mes de diciembre de 2022: diez por ciento (10%),  sobre las remuneraciones básicas vigentes al 30/11/2022,

2) para el mes de enero de 2023: diez por ciento (10%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/12/2022.,

3) para el mes de febrero de 2023: ocho coma cinco por ciento (8.5%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/01/2023

Artículo Segundo:

OTORGUESE  un incremento salarial para el cargo de Intendente Municipal, Secretarios y Directores del Departamento Ejecutivo, Juez Administrativo Regional de Faltas, integrantes del Honorable Concejo Deliberante y Honorable Tribunal de Cuentas, de acuerdo al  cronograma y porcentajes que se detallan:

1) para el mes de diciembre de 2022: diez por ciento (10%),  sobre las remuneraciones básicas vigentes al 30/11/2022,

2) para el mes de enero de 2023: diez por ciento (10%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/12/2022.,

3) para el mes de febrero de 2023: ocho coma cinco por ciento (8.5%) sobre las remuneraciones básicas vigentes al 31/01/2023,

 Artículo Tercero:

OTORGUESE un incremento en los gastos de representación de los cargos de Secretarios del Departamento Ejecutivo Municipal,  del quince por ciento (15%).

 Artículo Cuarto:

Las disposiciones de la presente Ordenanza comenzarán a regir con efecto al día uno de diciembre del año dos mil veintidós.

 Artículo Quinto:

De forma.

 DADA EN LA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS  SEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE  DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

 

 

 

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