VISTO:
La complejidad y alta circulación vehicular en el sector comercial de la calle Intendente Matta y Belgrano.
Los inconvenientes, la siniestralidad vial y conflictos generados en las esquinas de este sector; y
CONSIDERANDO:
Que es importante establecer un orden que permita una mayor seguridad en esta zona y a su vez mejorar la fluidez en el tránsito.-
Que es necesario regular en forma alternativa el derecho de paso de los usuarios de la vía pública como vehículos y peatones que confluyen en la esquina neurálgica de Intendente Matta y Belgrano.-
Que las calles Intendente Matta y Belgrano poseen una jerarquía vial similar con relación al flujo vehicular.-
Que la señalización vertical luminosa como el semáforo es dinámico y la mas adecuada para esta intersección congestionada por la alta circulación vehicular, por el notable incremento comercial de la zona y cruce peatonal, que hace necesario organizar y agilizar el cruce de esta bocacalle en forma alternativa y segura.-
Por todo ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a instalar una señalización vertical luminosa compuesta por unidades ópticas de luz propia variable ( SEMÁFORO) en la intersección de Intendente Matta y Belgrano.-
Artículo Segundo:
DISPONESE la orientación vehicular de mano única, en dirección norte-sur en la calle Intendente Matta, entre calles Belgrano y La Tablada, de la Ciudad de Oncativo. Quedando de esta manera la calle Intendente Matta, entre calles Belgrano y San Martín con único sentido de dirección Norte-Sur.
Artículo Quinto:
De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-
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