VISTO:
La Constitución de la Provincia de Córdoba, la Ley 8102, Decreto Provincial N° 66/2024 y “Convenio Marco De Adhesión Al Programa Provincial De Fortalecimiento Educativo Territorial- Coordinaciones Locales De Educación- Decreto N° 66/2024”, en los términos expresados en el Decreto Provincial y Acuerdo que como Anexo I y II que se acompañan al presente, y;
CONSIDERANDO:
Que el objeto del Programa Provincial de Fortalecimiento Educativo Territorial es garantizar el derecho a aprender, trabajando en conjunto entre la Provincia y los Municipios, a los fines de ejecutar iniciativas, proyectos y acciones educativas.
A partir de la suscripción de dicho convenio de adhesión, el Municipio se posicionará como agente clave para la coordinación y promoción del desarrollo educativo en su territorio, mediante la utilización de recursos públicos que mejoren la calidad de la educación a partir del abordaje de políticas provinciales.
Se adjuntan como anexo I copia del convenio de adhesión en cuestión, respectivamente.
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA. –
Artículo Primero: RATIFÍCASE el Convenio suscripto por el Departamento Ejecutivo Municipal con el Ministerio de Educación de la Prov. de Córdoba “Convenio Marco De Adhesión Al Programa Provincial De Fortalecimiento Educativo Territorial- Coordinaciones Locales De Educación- Decreto N° 66/2024”, en los términos expresados en el Decreto Provincial y Acuerdo que como Anexo I se relaciona a la presente.
Artículo Segundo: Comuníquese, publíquese, entréguese al R.M. y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO. –
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MAY
