Ordenanza Nº1857/08

VISTO:
La solicitud de colaboración formulada por la Sociedad Italiana “Unión y Benevolencia” a la Municipalidad de Oncativo y girada por el Departamento Ejecutivo a este Concejo Deliberante, aconsejando su aprobación; y

CONSIDERANDO:
Que esta importante entidad social y cultural debe refaccionar los techos del Edificio donde se encuentra ubicada su sede en calle 25 de Mayo 526 de nuestra ciudad, los que se encuentran en un total estado de deterioro. Dichos arreglos comprenden cambio de chapa y tirantes y colocación de un nuevo sistema de desagüe.-
Que en mérito a ello y por nota dirigida al Señor Intendente Municipal, solicitaron que el Municipio de Oncativo evaluara la posibilidad de contribuir con el pago de los materiales y mano de obra necesarios, acompañando dos presupuestos, siendo el menos de ellos de $ 25.600.-
Que esta obra, además de ser necesaria para mantener la infraestructura de un edificio histórico y de gran valor material y espiritual para todos los habitantes de nuestra comunidad, se lleva a cabo en el marco del Centenario de la creación de la sociedad italiana.-
Que este Gobierno Municipal viene acompañando el desarrollo y crecimiento de todas sus entidades intermedias, motivo por el cual se estima pertinente resolver favorablemente la solicitud en cuestión, más aún, teniendo en cuenta la magnitud de la obra emprendida por la citado sociedad.
Que en tal sentido, este Concejo cree prudente aprobar el otorgamiento de un subsidio a la sociedad Italiana por la suma mencionada precedentemente ($ 25.600).-
Por todo ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones sanciona con fuerza de

O R D E N A N Z A

Artículo Primero:
AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar a la Sociedad Italiana “Unión y Benevolencia” un subsidio no reintegrable por la suma de pesos veinticinco mil seiscientos ($ 25.600) a los fines de contribuir al pago de los materiales y mano de obra necesarios para refaccionar los techos del Edificio.-

Artículo Segundo:
REMÍTASE copia a los organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Artículo Quinto:
De forma.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

0