VISTO:
El art. 30, inc. 20 de la Ley N° 8102 (Ley Orgánica Municipal) que establece que el H.C.D. debe aprobar la venta de bienes privados del Municipio, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha elevado una solicitud de autorización de venta de determinados vehículos de propiedad del Municipio.
Que las unidades de referencia actualmente no son utilizadas, por lo que es conveniente enajerar las mismas.
Que a criterio de este Cuerpo el procedimiento de venta más conveniente es el del concurso de precios, estableciéndose mostos mínimos de cotización por unidad.
Por todo ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo Primero: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a llamar a concurso de precios para proceder a la venta de las siguientes unidades: un camión DODGE DP 500 modelo 1969, dominio X 038942, una moto barredora EH2 Scorza doble comando motor Perkins 4 cilindros N° 030450 y una caja de chapa para camión.
Artículo Segundo: Establézcanse para los vehículos mencionados en el artículo anterior el siguiente precio mínimo en forma grupal de: pesos catorce mil ($14.000).
Artículo Tercero: Remítase copia de la presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Cuarto: De forma.
DADA EN LA SALA DE SESIONES A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRES.
ShareSEP
