Ordenanza Nº 2433

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza por el que se dispone la  ejecución de aproximadamente 47 metros de Línea de Media Tensión Trifásica y una Subestación Transformadora de 250 KVA biposte, tipo E415 para alimentación de energía eléctrica  en el Barrio Tauber (Viviendas PLAN MUVI); y

 

CONSIDERANDO:

Que es el Bº Tauber donde se  construyen las viviendas del denominado “PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDAS” (PLANMUVI).-

Que en mérito a ello corresponde dotar a esos terrenos de la infraestructura de aproximadamente 47 metros de Línea de Media Tensión Trifásica y Una Subestación Transformadora de 250 KVA.-

Que la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de Oncativo Ltda. (CESOPOL) es la única Empresa local con recursos humanos y técnicos capaz de ejecutar el proyecto de referencia.-

Que desde siempre ha sido una práctica habitual en este Municipio contratar en forma directa a la Cooperativa local para la realización de obras de infraestructura como la de referencia.-

Que el monto del presupuesto solicitado con fecha 11 de abril del año dos mil veintidós asciende a la suma de                            $ 4.702.780,00 (pesos: cuatro millones, setecientos dos mil, setecientos ochenta).-

Que el mismo se ajusta a los valores de plaza, motivo por el cual este Honorable Cuerpo se expide a favor de aprobar la ejecución de la obra, y autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa la ejecución de la misma.-

Por todo lo expuesto,

 

          EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                       DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,

en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de

                                 O R D E N A N Z A

 

 ARTICULO PRIMERO.-

DISPONESE la ejecución de aproximadamente 47 metros de Línea de Media Tensión Trifásica y una Subestación Transformadora de 250 KVA biposte, tipo E415 para la alimentación de energía eléctrica en el Barrio Tauber (Viviendas PLAN MUVI), autorizando la contratación en forma directa a la CESOPOL.-

 

ARTICULO SEGUNDO.-

AUTORIZASE  al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa con la Cooperativa Eléctrica de Servicios y Obras Públicas de Oncativo Ltda. (CESOPOL), la ejecución de la obra de infraestructura precitada,  por un monto que no supere la suma de $ 4.702.780,00 (pesos: cuatro millones setecientos dos mil setecientos ochenta) estando comprendido en este importe materiales, mano de obra, equipamiento, proyecto,  representación y Dirección Técnica.-

ARTICULO TERCERO.-

FACULTASE al Señor Intendente Municipal a suscribir toda la documentación que fuere menester para dar cumplimiento con el objeto de la presente norma.-

 ARTICULO CUARTO.-

COMUNÍQUESE a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

ARTICULO QUINTO:

De forma.-

 DADA EN SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS VEINTISEIS  DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS

 

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