VISTO:
El Decreto Nº 182/2022; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario establecer la nueva Estructura Orgánica Administrativa de la Municipalidad de Octavivo,.
Que el Intendente en ejercicio, a su pedido, fue licenciado para desempeñar un cargo en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, durante el tiempo que dure en sus nuevas funciones.-
Que en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 43 de la Ley N° 8102 “Régimen de Municipios y Comunas” el cargo de Intendente Municipal es ejercido por el Presidente del Concejo Deliberante.
Que en ejercicio de las atribuciones que le son propias al titular del Departamento Ejecutivo Municipal estimamos oportuno y conveniente establecer una nueva Estructura Orgánica Administrativa para la Municipalidad de Oncativo que reduce la cantidad de Direcciones y redistribuye las competencias, con el objetivo de conferirle mayor dinamismo y eficacia a la gestión.
Que en ese aspecto, el Titular del Departamento Ejecutivo, entre otras incumbencias, reasigna y se reserva para sí –de manera exclusiva- atender las relaciones del Gobierno Municipal con otros poderes del Estado Provinciales y Nacionales, con otros Municipios y Comunas, y fundamentalmente con las entidades no gubernamentales, asociaciones civiles y fundaciones, empresas, comerciantes, industriales, profesionales, comunidades educativas, asociaciones deportivas y demás entidades que conforman la estructura del tejido social de la Ciudad de Oncativo.
Que a los fines de la asignación de responsabilidades funcionales de tercer grado y para el ejercicio de la conducción y control del personal de cada repartición, las secretarías contarán con las Direcciones y Jefaturas de Área que el titular del Departamento Ejecutivo estime prudente, conveniente y necesarias, las que deberán crearse por decreto.
Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 47 de la Ley Orgánica Municipal N° 8.102, se dispone elevar el presente decreto al Concejo Deliberante a los fines de su ratificación.
Por todo lo expuesto,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°
RATIFÍCASE el Decreto Nº 182/2022 de fecha 30 de septiembre de 2022 en todos sus términos, el que pasa a ser parte de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 2º
Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, regístrese y archívese.-
ARTÍCULO 3º
De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERAMNTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-
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OCT
