Ordenanza Nº 2453

 VISTO:

El Decreto Nº 182/2022; y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario establecer la nueva Estructura Orgánica Administrativa de la Municipalidad de Octavivo,.

Que el Intendente en ejercicio, a su pedido, fue licenciado para desempeñar un cargo en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, durante el tiempo que dure en sus nuevas funciones.-

Que en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 43 de la Ley N° 8102 “Régimen de Municipios y Comunas” el cargo de Intendente Municipal es ejercido por el Presidente del Concejo Deliberante.

Que en ejercicio de las atribuciones que le son propias al titular del Departamento Ejecutivo Municipal estimamos oportuno y conveniente establecer una nueva Estructura Orgánica Administrativa para la Municipalidad de Oncativo que reduce la cantidad de Direcciones y redistribuye las competencias, con el objetivo de conferirle mayor dinamismo y eficacia a la gestión.

Que en ese aspecto, el Titular del Departamento Ejecutivo, entre otras incumbencias, reasigna y se reserva para sí –de manera exclusiva- atender las relaciones del Gobierno Municipal con otros poderes del Estado Provinciales y Nacionales, con otros Municipios y Comunas, y fundamentalmente con las entidades no gubernamentales, asociaciones civiles y fundaciones, empresas, comerciantes, industriales, profesionales, comunidades educativas, asociaciones deportivas y demás entidades que conforman la estructura del tejido social de la Ciudad de Oncativo.

Que a los fines de la asignación de responsabilidades funcionales de tercer grado y para el ejercicio de la conducción y control del personal de cada repartición, las secretarías contarán con las Direcciones y Jefaturas de Área que el titular del Departamento Ejecutivo estime prudente, conveniente y necesarias, las que deberán crearse por decreto.

Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Articulo 47 de la Ley Orgánica Municipal N° 8.102, se dispone elevar el presente decreto al Concejo Deliberante a los fines de su ratificación.

 

Por todo lo expuesto,

                 EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

                                DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,

        en uso de sus atribuciones, sanciona con fuerza de

                                    O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°

 RATIFÍCASE el Decreto Nº 182/2022 de fecha 30 de septiembre de 2022 en todos sus términos, el que pasa a ser parte de la presente Ordenanza.-

 

ARTÍCULO 2º

Comuníquese al Departamento Ejecutivo, publíquese, regístrese y archívese.-

 

ARTÍCULO 3º

De forma.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERAMNTE DE LA CIUDAD DE ONCATIVO A LOS CUATRO  DÍAS DEL MES DE OCTUBRE  DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

 

 

 

 

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