ORDENANZA N° 1295 / 98

VISTO:
El pedido formulado al D.E.M. por la Sra. Nélida Beatriz Martínez de Fantone, D.N.I. N° 5.272.587, empleada categoría 10 de la planta permanente de este Municipio, y;

CONSIDERANDO:
Que la mencionada agente solicito que se analizara la factibilidad de que le fuera aceptado un pedido de retiro voluntario en los términos de la Ordenanza N° 806/91.
Que la Ordenanza precitada oportunamente establecido un régimen de retiro oportunamente estableció un régimen voluntario que otorgaba, a quien lo solicitara, una gratificación equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio.
Que tratándose de una Ordenanza que no se encuentra en vigencia, la aceptación de lo solicitado implicara la sanción de una norma en particular que contemple y resuelva esta situación.
Que lo peticionado se estima conveniente, ya que permite, en el marco de la política de racionalización de recursos y gastos que lleva adelante el actual gobierno comunal, ya que existe en el municipio un precedente de importancia respecto de la relación jurídico laboral que mantiene con sus dependientes, dejando habilitado un mecanismo de retiro voluntario que pueda contribuir a reducir la actual planta de personal.
Por todo lo expuesto:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO

en uso de sus facultades,

sanciona con fuerza de

ORDENANZA

Art. 1) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a aceptar la solicitud de Retiro Voluntario formulada por la Sra. Nélida Beatriz Martínez de Fantone, D.N.I. N° 5.272.587, empleada categoría 10 de la planta permanente de la Municipalidad de Oncativo, en los términos y condiciones establecidos por la
ORDENANZA N° 806/91 de fecha 19-12-91.

Art.2) REMITASE copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.

Art.3) De forma.

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

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