VISTO:
La nota remitida por la Sra. María Cristina Rodríguez de Fantoni, mediante la cual solicita un subsidio para afrontar los gastos que le demanda la contratación de una docente para su hija Noelia, y;
CONSIDERANDO:
Que la niña es discapacitada visual y necesita la asistencia de una profesora especializada en educación de ciegos.
Que desde el año 1989 la comuna brinda su apoyo económico para que la familia puede hacer frente a los gastos que esta enseñanza especializada exige, comprendiendo los mismos el trasporte de la docente (Córdoba – Oncativo) y el sueldo básico que la misma percibe.
Que tratado el tema en el seno del Honorable Concejo Deliberante se resolvió por unanimidad otorgar el subsidio.
Por todo lo expuesto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1) OTORGUESE a la Sra. María Cristina Rodríguez de Fantoni un subsidio para el pago de lo haberes y gastos de transporte (Oncativo – Córdoba) de la docente especializada encargada en la asistencia educacional de su hija Noelia Fantoni, durante el año 1999, desde la iniciación del año lectivo y hasta la financiación del mismo.
Art. 2) Los importes resultantes de los gastos mencionados en el artículo anterior deberán ser imputado a la cuenta Anexo I – Inciso III – Partida Principal V – Ítem II – Sub-ítem II – Partida V – Fondo Disponibilidad del Honorable Concejo Deliberante.
Art. 3) REMITASE copia a los Organismos pertinentes los fines que hubiere lugar.
Art. 4) De forma.
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DOS DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.
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