VISTO:
El proyecto de Ordenanza de Autorización al Departamento Ejecutivo Municipal para contratar en forma directa la mano de obra necesaria para pintar íntegramente el Palacio Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que en abril de 1998 el D.E.M. llamó a concurso de precios para el pintado parcial del edificio (aproximadamente un 40% de los interiores del mismo) el cual fue adjudicado mediante Decreto n° 69/98 al Sr. Alejandro Beltramo en la suma de $3.680, quien efectuó la menor cotización, siendo las restantes la de los Sres. Nicolás Córdoba ($5.200), Rubén Hugo Ledesma ($4.970) y Carlos Sacchi ($5.050).
Que el adjudicatario delegó la tarea que le fuera contratada a terceras personas sin la capacidad y experiencia necesarias para llevarla adelante, lo que generó constantes observaciones que culminaron en la solicitud de D.E.M. que este personal fuera retirado.
Que con posterioridad a ello el adjudicatario continuó la tarea, pero ante reclamos por mayores costos por parte de este y nuevas observaciones a la calidad de tareas por parte del E.D.M, se resolvió suspender la ejecución de la obra.
Que la experiencia negativa narrada hizo pensar la necesidad de contratar los servicios de pintura y restauración general de edificio municipal en forma directa, toda vez que se trata de una obra de gran envergadura, que requiere experiencia, conocimiento y talento para logar un trabajo con calidad de recuperación acorde a edificios que tiene una representatividad histórica y arquitectónica de época.
Que atento a lo expresado precedentemente y analizadas las personas que contaban en la Ciudad de Oncativo antecedentes y currículum suficiente para asumir la responsabilidad de la obra en cuestión, se pensó en el Sr. Nicolás Humberto Córdoba, pintor de reconocida trayectoria en el rubro, por lo que consultado sobre el particular formuló una cotización por la totalidad de la mano de obra de pintura y restauración del palacio municipal que ascendió a la suma de $16.600.
Que analizada la cotización y efectuado un análisis comparativo con lo cotizado en el concurso de precios N°13/98 se pudo concluir que el monto solicitado por el Sr. Córdoba resulta razonable por una dimensión de la obra y por la calidad de trabajo que se exige.
Que, solicitado un informe técnico a los profesionales encargados de dirigir la obra en cuestión, estos dictaminaron que el precio formulado resulta coherente y lógico considerando la envergadura de la tarea y los precios de plaza.
Que en virtud de los antecedentes enunciados y el tenor del dictamen profesional que exime a este Honorable Cuerpo de entrar en mayores consideraciones; este Concejo concluye en expedirse favorablemente a la contratación directa, por entender que corresponde priorizar los resultados por sobre los costos y garantizar la calidad en la ejecución.
Por todo lo expuesto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa al Sr. NICOLAS HUMBERTO CORDOBA, L.E. 6.426.370, la mano de obra necesaria para pintar y restaurar íntegramente el Palacio Municipal, en la suma de pesos dieciséis mil seiscientos ($16.600.-), en un todo de acuerdo al pliego de especificaciones en base al cual se efectuó la cotización de las tareas, que forma parte de la presente ordenanza.
Art. 2) Notificarse al adjudicado y a los organismos pertinentes a los fines que hubiera lugar.
Art. 3) De forma.
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.
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