VISTO:
La firma del Pacto Económico Financiero y Fiscal entre la Provincia de Córdoba y los Municipios y Comunas, y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 21-03-2000 me ratifico el pacto referenciado, encontrándose entre las localidades suscriptoras la ciudad de Oncativo por intermedio del Departamento Ejecutivo Municipal.
Que el Pacto precedentemente nombrado establece en el Titulo XIII, la conformación de «Entes Regionales de Recaudación Fiscal y Gestión».
Que con fecha 06/03/2000 autoconvocaron Municipalidades y Comunas del Departamento Rio Segundo y Departamentos vecinos, y se procedió a la suscripción de un Acta-Acuerdo para la creación de la referida Región.
Que con fecha 05/04/2000, los Municipios y Comunas procedieron a la firma de una nueva Acta-Acuerdo en la que manifiestan la necesidad de otorgar una denominación a la Región a los fines de las confección de las Ordenanzas o Resoluciones que deban sancionarse para mu constitución formal, resolviéndose denominarse «REGIÓN CENTRO-SUR, Y comprometiéndose a extender la consulta a futuros integrantes de dicha región, quien deberán prestar acuerdo a la denominación.
Que el Pacto de saneamiento entre los municipios y la provincia introduce el concepto de regionalización que permite a los municipios asociarse según sus conveniencias, similitudes Y ubicación geopolítica, permitiendo para el futuro trabajos en conjunto con menores costos y mayor eficiencia en áreas como la salud, el desarrollo estratégico, las obras públicas, la apoyatura técnica, la creación de entes de recaudación, conformando a tal fin sociedades en la que los municipios tendrán mucho que ver en su conducción, ya que la decisión política de todo el accionar seguirá correspondiendo a la Municipalidad.
Por todo lo expuesto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus facultades,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Articulo Primero: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal para integrar a la Municipalidad de la Ciudad de Oncativo a la «REGIÓN CENTRO-SUR», la que fuera reconstituida mediante Acta Labrada con fecha 06/03/2000, en el marco del Pacto Económico Financiero y Fiscal entre la Provincia de Córdoba y los Municipios y Comunas.
Articulo Segundo: DISPONESE que el Funcionamiento, Administración y Facultades de la región serán establecidos por el Concejo Deliberante, en posteriores Ordenanzas a sancionarse.-
Articulo Tercero: De Forma.
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DOS DIAS MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL .
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