VISTO: La Secretaria del Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el art. 52 y subsiguientes del Reglamento Interno del Concejo Deliberante instituye el cargo de Secretario Habilitado, el cual tiene bajo su responsabilidad el cumplimiento de los deberes enumerados en el Titulo IV de dicho reglamento.
Que en tanto no se haya designado secretario, ο bien en el supuesto de licencia del que se encontrare designado, el cargo ad-hoc es cubierto por uno de los Concejales.
Que encontrándose actualmente vacante el cargo de referencia, es intención de los Sres. Concejales no efectuar temporariamente la designación de un Secretario Habilitado, a fin de contribuir a la reducción del gasto público encarada por el gobierno municipal.
Que no obstante es de destacar tanto en esta circunstancia como en cualquier otra en la que se ejercite ad-hoc este cargo, que el Concejal en cuestión verá notablemente incrementada sus deberes, obligaciones, responsabilidades, disponibilidad horaria, etc.- Que lo expresado debe ser retribuido con una asignación remunerativa especial que beneficiará al Concejal que circunstancialmente ejerza la Secretaría.
Que evaluado el tema por los Ediles, estos concluyen en asignarle un importe que represente el TREINTA POR CIENTO (30%) en más, de lo que un Concejal percibe en concepto de dieta y gastos de representación.
Por todo lo expuesto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENDENZA
Articulo Primero: CREASE una Asignación Especial Remunerativa para el concejal en ejercicio de la Secretaria Ad-Hoc del Cuerpo, la que estará constituida por el TREINTA POR CIENTO (30%) en más, de lo que percibe un concejal en concepto de dieta y gastos de representación; la que beneficiará al Edil que cumpla con dicha función y mientras dure su cargo.
Articulo Segundo: REMÍTASE copia de la presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Articulo Tercero: De forma.
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL.
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