VISTO:
La necesidad de establecer lugares estacionamiento exclusivo paradas para para vehículos que presten el servicio público de transporte de personas en automóviles particulares, encuadrado en la Ordenanza N° 1133/95 у sus modificatorias, y;
CONSIDERANDO:
Que el parque automotor de permisionarios que presten el servicio público de transporte de personas en automóviles particulares, viene creciendo de manera notable.
Que es un indicador que la demanda de este servicio por parte de los vecinos va en permanente aumento.
Que se observa la necesidad de facilitar el acceso directo por parte de los usuarios a este servicio.
Que si bien los mismos pueden ser requeridos a distancias por los nuevos y modernos sistemas de comunicación, existen dentro de la ciudad sectores o lugares de gran influencia de ciudadanos.
Que resulta conveniente determinar sectores, donde se delimite y demarque lugares en forma visible para estacionamiento exclusivo que prestan el mencionado servicio.
Por todo lo expuesto:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,
en uso de sus atribuciones,
sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Art. N° 1). DELIMÍTESE lugares para estacionamiento paradas de vehículo permisionarios público de transporte de personas en automóviles particulares, en las siguientes zonas: calle Belgrano, sobre mano derecha, entre callen Italia y Vélez Sarsfield; calle Colón sobre mano derecha entre calles 25 de Febrero y Sarmiento, habilitando espacios para ser ocupados por hasta tres (3) vehículos, con la debida señalización y demarcación horizontal con la calzada y la instalación de cobertizos sobre la acera para resguardo de los usuarios.
Art. N° 2). FACULTESE la Departamento Ejecutivo Municipal para implementar Art. anterior.
Art. N° 3). REMÍTASE copia de la presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Art. N° 4). De forma.
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUMBRE DEL DOS MIL.-
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