ORDENANZA N° 1482 / 00

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza de Autorización al D.E.M. a contratar en forma directa el Hotel y dos (2) unidades de transporte de pasajeros para un viaje a la ciudad de La Falda Provincia de Córdoba, y;

CONSIDERANDO:

Que durante el pasado mes de setiembre la Municipalidad de Oncativo organizó los «4tos. Juegos Olimpicos Municipales», en los que participaron la totalidad del alumnado de los centros educativos de nuestra ciudad. –

Que al igual que en la ediciones anteriores de estos juegos, el Gobierno Municipal premió a los ganadores con un viaje a Chapadmalal y a la ciudad de La Falda.-

 Que en esta oportunidad se gestionó y contrato el hotel «El Libertador» ubicado en la Ciudad de La Falda. Que por tal motivo y a los efectos de permitir el traslado de los alumnos, docentes, monitores y acompañantes que resulten designados; resulta necesario autorizar al a la Departamento Ejecutivo Municipal contratación directa del transporte de referencia por una suma que no supere los PESOS DOS MIL ($ 2.000.-).-

Por todo lo expuesto,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE ONCATIVO,

en uso de sus atribuciones,

sanciona con fuerza de

ORDENANZA

 Art. N° 1).- AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa con el Hotel «El Libertador» de la ciudad de La Falda, que pertenece a la Obra Social del Personal del Papel, Cartón y Químicos, el alojamiento con pensión completa (desayuno, almuerzo y cena) en la suma de Pesos Veinte ($20.-) por persona; para albergar a los ganadores de las distintas disciplinas deportivas, de los 4tos. Olímpicos Municipales Y Juegos los monitores acompañantes que resulten designados.-

Art. 2).-  AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa, dos (2) unidades de transporte público de pasajeros para el viaje que los premiados de los «4tos. Juegos Olímpicos Municipales» realizarán entre los días 22/12/00 y 23/12/00 desde la Ciudad de Oncativo hacia la Ciudad de La Falda (estando comprendido el regreso); por un monto que no supere la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-), debiendo el trasporte contratado contar con el seguro al día Y está autorizado por la Dirección de Transporte de la Provincia de Córdoba. –

 Art. N° 3).-  REMÍTASE copia de la presente a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.-

Art. N°4).- De Forma. –

DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.-

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