VISTO:
El art. 30, inc. 20, de la Ley N° 8102 (Ley Orgánica Municipal) que establece que el Honorable Concejo Deliberante debe aprobar la venta de bienes privados del Municipio, y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal ha elevado una solicitud de autorización de venta de determinados vehículos de propiedad del Municipio, que se encuentran con comodato a la policía de la Provincia de córdoba, delegación local.
Que de acuerdo a lo informado por la Secretaria de Gobierno los mismos se encuentran en un estado de deterioro y que por este motivo fueron reintegrados al municipio por su comodatario mediante actas policiales de fecha 22/05/01 y 27/09/00 respectivamente, encontrándose los mismos fuera de funcionamiento.
Que a criterio de este Cuerpo de procedimiento de venta más conveniente es del concurso de precios, sin establecer en el pliego en cuestión precios oficiales o mínimos de cotización por unidad.
Por todo ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE ONCATIVO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo Primero: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar un llamado a concurso de precios para proceder a la venta de la siguientes unidades: Peugeot 504, Marca Peugeot, Modelo 1984; naftero, Dominio SVV-628, Motor N° 950791, Chasis N° 5338706, Matrícula E-350 y Una Motocicleta Marca Suzuki, Dominio 046-AVL, Modelo GS750 E/80, de 750 c.c, Motor Marca Suzuki, N° GS750-98190, en un todo de acuerdo con el pliego de especificaciones técnicas que pasa a formar parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo: Remítase copia a los Organismos pertinentes a los fines que hubiere lugar.
Artículo Tercero: De forma.
DADA EN SALA DE SESIONES A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL DOS MIL UNO.
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